Articulo 76 Procedimiento común en materia de protección internacional en la Unión
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 76. Apoyo financiero
Las acciones desarrolladas por los Estados miembros para implantar el consejo jurídico gratuito y la capacidad adecuada para desarrollar el procedimiento fronterizo de conformidad con el presente Reglamento serán candidatas para recibir apoyo financiero de los Fondos disponibles con cargo al marco financiero plurianual 2021-2027.