Articulo 72 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
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»Artículo 72. Órganos consultivos del Gobierno.
1. La Comisión Jurídica Asesora es el alto órgano consultivo del Gobierno. Una ley del Parlamento regula su composición y funciones.
2. El Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña es el órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno en materias socioeconómicas, laborales y ocupacionales. Una ley del Parlamento regula su composición y funciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006