Articulo 52 General de Subvenciones

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Artículo 52. Concepto de infracción.

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Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en esta ley y serán sancionables incluso a título de simple negligencia.

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  • Texto Original. Publicado el 18-11-2003 en vigor desde 18-02-2004