Articulo 5 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
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»Artículo 5. Los derechos históricos.
El autogobierno de Cataluña se fundamenta también en los derechos históricos del pueblo catalán, en sus instituciones seculares y en la tradición jurídica catalana, que el presente Estatuto incorpora y actualiza al amparo del artículo 2, la disposición transitoria segunda y otros preceptos de la Constitución, de los que deriva el reconocimiento de una posición singular de la Generalitat en relación con el derecho civil, la lengua, la cultura, la proyección de éstas en el ámbito educativo, y el sistema institucional en que se organiza la Generalitat.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006