Articulo 40 Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas
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»Artículo 40. Seguridad de las redes y servicios
(SUPRIMIDO).
(NOTA: Se suprime con efectos a partir del 18 de octubre de 2024).
Modificaciones
- Artículo modificado por DIRECTIVA (UE) 2022/2555 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de diciembre de 2022 relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en toda la Unión, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.o 910/2014 y la Directiva (UE) 2018/1972 y por la que se deroga la Directiva (UE) 2016/1148 (Directiva SRI 2)
(DC de 27-12-2022) en vigor desde 16-01-2023