Articulo 35 Mecanismos qu...terrorismo

Articulo 35 Mecanismos que deben establecer los Estados miembros a efectos de la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo

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Artículo 35. Efecto de las disposiciones de Derecho penal

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Las diferencias entre las definiciones de delito subyacente en los distintos Derechos nacionales no serán óbice para que las UIF puedan proporcionar asistencia a otras UIF y no limitarán el intercambio, la difusión y la utilización de la información de conformidad con los artículos 31, 32, 33 y 34.