Articulo 35 Estatutos de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales
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»Artículo 35. Personal de la Fundación.
El personal de la Fundación, incluido el que tenga condición de personal directivo, se regirá por el derecho laboral, así como por las normas que sean de aplicación en función de su adscripción al sector público estatal, incluyendo la normativa presupuestaria, así como lo que dispongan las leyes de Presupuestos Generales del Estado.