Articulo 27 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico
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»Artículo 27. Determinación de competencias y funciones.
1. Los decretos de estructura determinarán los distintos órganos de dirección, las competencias y las funciones de los órganos que de ellos dependen y, en particular, de los puestos con rango de subdirección general y jefatura de servicio.
2. Las demás unidades administrativas se determinarán en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011