Articulo 25 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
Artículo 25. Derechos en el ámbito laboral.
1. Los trabajadores tienen derecho a formarse y promoverse profesionalmente y a acceder de forma gratuita a los servicios públicos de ocupación.
2. Las personas excluidas del mercado de trabajo porque no han podido acceder o reinsertarse al mismo y no disponen de medios de subsistencia propios tienen derecho a percibir prestaciones y recursos no contributivos de carácter paliativo, en los términos establecidos por ley.
3. Todos los trabajadores tienen derecho a ejercer las tareas laborales y profesionales en condiciones de garantía para la salud, la seguridad y la dignidad de las personas.
4. Los trabajadores, o sus representantes, tienen derecho a la información, la consulta y la participación en las empresas.
5. Las organizaciones sindicales y empresariales tienen derecho a ejercer sus funciones en los ámbitos de la concertación social, la participación y la colaboración social.
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006