Articulo 24 Gestión del asilo y la migración
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»Artículo 24. Jerarquía de criterios
1. Los criterios de determinación del Estado miembro responsable se aplicarán en el orden que figuran en el presente capítulo.
2. La determinación del Estado miembro responsable en aplicación de los criterios establecidos en el presente capítulo se realizará atendiendo a la situación en el momento en que se registró por primera vez la solicitud de protección internacional ante un Estado miembro.