Articulo 2327 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia
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»Artículo 232-7. Pactos sobre la compensación.
En previsión de una ruptura matrimonial o de disolución del matrimonio por muerte, puede pactarse el incremento, reducción o exclusión de la compensación económica por razón de trabajo de acuerdo con lo establecido por el artículo 231-20.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011