Articulo 2284 Libro segun...la familia

Articulo 2284 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia

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Artículo 228-4. Datos biogenéticos.

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La entidad pública competente, mientras ejerce las funciones tutelares sobre el menor desamparado, puede solicitar los datos biogenéticos de sus progenitores, en interés de su salud.

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  • Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011