Articulo 2223 Libro segun...la familia

Articulo 2223 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia

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Artículo 222-3. Formas de delación.

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1. La tutela se defiere por:

a) Testamento o codicilo.

b) Escritura pública.

c) Resolución judicial.

2. La tutela de los menores desamparados se defiere de la forma establecida por las leyes y se rige por sus normas especiales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011