Articulo 214 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
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»Artículo 214. Estabilidad presupuestaria.
Corresponde a la Generalitat el establecimiento de los límites y condiciones para alcanzar los objetivos de estabilidad presupuestaria dentro de los principios y la normativa estatal y de la Unión Europea.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006