Artículo 169 Ley para defensa de los consumidores y usuarios
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»Artículo 169. Prescripción de las reclamaciones.
El plazo de prescripción para presentar reclamaciones con arreglo a este libro será de dos años.
Modificaciones
- Modificación realizada (169 (se añade)) por Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados.
(BOE de 27-12-2018) en vigor desde 28-12-2018 - Texto Original. Publicado el 30-11-2007 en vigor desde 28-12-2018