Articulo 13 Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
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»Artículo trece.
1. El Cuerpo de la Guardia Civil se estructura jerárquicamente según los diferentes empleos, de conformidad con su naturaleza militar.
2. El régimen estatutario de la Guardia Civil será el establecido en la presente Ley, en las normas que la desarrollan y en el ordenamiento militar.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-03-1986 en vigor desde 03-04-1986