Articulo 12 Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos
Artículo 12. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos.
1. La persona titular de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos tendrá la consideración de alto cargo, con rango de Subsecretario y será designada de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y solo cesará por las causas que en el mismo se establecen.
2. La persona titular de la Presidencia poseerá la titulación, la experiencia y las aptitudes, en particular en el ámbito de la protección de datos personales, necesarias para el cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus poderes.
3. La persona titular de la Presidencia cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión de la nueva persona titular de la Presidencia.
4. Es un cargo de dedicación exclusiva, está sujeto al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado, y será incompatible con el ejercicio de cualquier actividad pública o privada, retribuida o no, salvo las que sean inherentes a su condición de titular de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos.
5. Las retribuciones de la persona titular de la Presidencia se fijarán de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
6. De la Presidencia depende directamente, como órgano directivo, la Adjuntía a la Presidencia.
7. Asimismo, dependen directamente de la Presidencia los siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Inspección de Datos.
b) La Subdirección General de Promoción y Autorizaciones.
c) La Secretaría General.
8. También dependen directamente de la Presidencia, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo, las siguientes divisiones:
a) La División de Relaciones Internacionales.
b) La División de Innovación Tecnológica.