Articulo 113 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 113. Competencias de la Generalitat y normativa de la Unión Europea.
Corresponde a la Generalitat el desarrollo, la aplicación y la ejecución de la normativa de la Unión Europea cuando afecte al ámbito de sus competencias, en los términos que establece el Título V.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006