Articulo 1 Gestión del asilo y la migración
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»Artículo 1. Objeto
De conformidad con el principio de solidaridad y reparto equitativo de responsabilidades, tal como se consagra en el artículo 80 del TFUE y a fin de fortalecer la confianza mutua, el presente Reglamento:
a) establece un marco común para la gestión del asilo y la migración en la Unión y para el funcionamiento del Sistema Europeo Común de Asilo;
b) establece un mecanismo de solidaridad;
c) establece los criterios y mecanismos para determinar el Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional.