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Jurisprudencia | Administrativo
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Recurso de amparo
Ejecución de la sentencia
Derechos fundamentales
Derecho a la tutela judicial efectiva
Ponente
Herrero Pina, Octavio Juan
Fernandez Valverde, Rafael
Menendez Perez, Segundo
Teso Gamella, Maria Del Pilar
Diez-picazo Gimenez, Luis Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo
JD Alicante/Alacant
Tribunal Supremo
Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso-Administrativo
TS
Sentencia Contencioso-Administrativo Tribunal Supremo, Rec. 7698/1995 de 20 de junio del 2003
Pago de honorarios por proyecto de obra. Recurso de casación.
Sentencia Contencioso-Administrativo 10/2000 TSJ Murcia, Rec. 29/1999 de 08 de enero del 2000
PRIMERO.- Se aceptan los hechos de la sentencia apelada.El Juzgado en primera instancia dicta sentencia desestimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto, y ello por las siguientes razones: 1) En cuanto al procedimiento, el acto no ha sido dictado por órgano manifiestamente incompetente. 2) Por lo que se refiere al fondo, el actor disfrutó del permiso para asuntos personales sin que proceda hacer pronunciamiento sobre s
Sentencia Contencioso-Administrativo 77/2018 TSJ Andalucía, Rec. 388/2016 de 22 de enero del 2018
Responsabilidad patrimonial de la AA. PP.
Sentencia Civil AP Sevilla, Rec. 5837/2007 de 30 de noviembre del 2007
PRIMERO.- El párrafo 5º del artículo 1.903 del Código Civil viene a traspasar a las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de enseñanza no superior las funciones de vigilancia y cuidado propias de los padres, al señalar que "responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad, durante
Sentencia Contencioso-Administrativo TSJ Andalucía, Rec. 1649/1996 de 12 de julio del 2001
PRIMERO.- Es objeto de impugnación en este proceso las resoluciones de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, desestimatorias de los recurso ordinarios interpuestos contra las resoluciones sancionadoras recaídas en los expedientes números 530/1993, 134,187 y 264 de 1994 y 84 de 1995. Dichas resoluciones fueron confirmadas por al Dirección General de Comercio, Consumo y Co
Sentencia Contencioso-Administrativo 847/2006 TSJ Madrid, Rec. 465/2001 de 20 de abril del 2006
Recurso contencioso-administrativo contra la decisión del Gerente Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid de declarar la caducidad del procedimiento y archive las actuaciones.
Sentencia Contencioso-Administrativo Audiencia Nacional, Rec. 284/2006 de 11 de noviembre del 2009
Impuesto sobre Sociedades, ejercicios 1999 y 2000. ROS CASARES. La mera superación del plazo máximo de duración de las actuaciones inspectoras no determina la caducidad ni la nulidad de lo actuado. Prescripción no concurrente, por no haber transcurrido cuatro años desde la fecha de los deberes de declaración y la fecha de notificación de las liquidaciones. Doble imposición interna: no procede la deducción
Sentencia Contencioso-Administrativo Tribunal Supremo, Rec. 368/1996 de 25 de julio del 2000
Contrato de concesión administrativa.- Reclamación de pago por incumplimiento contractual.- Probados los deberes contractuales del Ayuntamiento.- Carácter extraordinario del recurso de casación.
Sentencia Contencioso-Administrativo 626/2020 TSJ Murcia, Rec. 163/2020 de 18 de diciembre del 2020
Extranjero. Se confirma la decisión de archivo de la instancia ante la falta de subsanación del defecto procesal apreciado, y del que había sido previamente requerido, consistente en la falta de acreditación de representación procesal del letrado actuante.
Sentencia Contencioso-Administrativo Audiencia Nacional, Rec. 264/2006 de 26 de noviembre del 2009
Impuesto sobre Sociedades, ejercicios 1995 a 1998. POLÍGONO DE CASTELLBISBAL. La consecuencia de la superación del plazo de duración de las actuaciones inspectoras no es la caducidad sino, en su caso, la prescripción, que en este caso no concurre. Tampoco hay caducidad por aplicación del artículo 60.4 del RGIT. Reiterada doctrina de la Sala al respecto. Falta de fundamento y de concreción de las alegacion