Caso en el que se analiza... de cargas

Última revisión
21/06/2024

Caso en el que se analizan las medidas preventivas de riesgos laborales que existen en la manipulación de cargas

Tiempo de lectura: 4 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 21/06/2024

Resumen:

El empresario deberá adoptar las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de las cargas, en especial mediante la utilización de equipos para el manejo mecánico de las mismas. Por otra parte, el empresario deberá proporcionar a los trabajadores una formación e información adecuada sobre los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas, así como sobre las medidas de prevención y protección que hayan de adoptarse. En cuanto a las medidas correctoras, la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la Manipulación manual de cargas propone la utilización de ayudas mecánicas, la reducción o rediseño de la carga y la mejora del entorno de trabajo. 


PLANTEAMIENTO

Un empleado en el sector de la industria pesada desde junio de 2021, por la acumulación de pequeños traumatismos (aparentemente sin importancia) producidos por la manipulación de cargas regularmente, ha sufrido una serie de lesiones dorsolumbares que lo han obligado a darse de baja.

  1. ¿Qué tipo de manipulaciones manuales de cargas pueden entrañar riesgos no tolerables, en particular dorsolumbares?
  2. ¿El empresario está obligado a adoptar medidas que eviten las tareas que impliquen la manipulación manual de las cargas? ¿y en materia de formación e información sobre este tema?
  3.  ¿Qué medidas correctoras podrá aplicar el empresario para reducir riesgos?

RESPUESTA

1.- ¿Qué tipo de manipulaciones manuales de cargas pueden entrañar riesgos no tolerables, en particular dorsolumbares?

Según la «Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas. INSST. Año 2009»: se considera que la manipulación manual de toda carga que pese más de 3 kg puede entrañar un potencial riesgo dorsolumbar, ya que a pesar de ser una carga bastante ligera, si se manipula incorrectamente, podría generar un riesgo (Norma ISO 11228-1 para el Manejo Manual de Cargas).

La manipulación manual de cargas menores de 3 kg también podrían generar riesgos de trastornos músculo-esqueléticos en los miembros superiores debidos a esfuerzos repetitivos, pero no estarían contemplados en el Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores como tareas que generen riesgos de este tipo.

2.- ¿El empresario está obligado a adoptar medidas que eviten las tareas que impliquen la manipulación manual de las cargas? ¿y en materia de formación e información sobre este tema?

El empresario deberá adoptar las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de las cargas, en especial mediante la utilización de equipos para el manejo mecánico de las mismas, sea de forma automática o controlada por el trabajador.

Cuando no pueda evitarse la necesidad de manipulación manual de las cargas, el empresario tomará las medidas de organización adecuadas, utilizará los medios apropiados o proporcionará a los trabajadores tales medios para reducir el riesgo que entrañe dicha manipulación. A tal fin, deberá evaluar los riesgos tomando en consideración los factores indicados en el anexo del citado Real Decreto 487/1997, de 14 de abril y sus posibles efectos combinados.

De conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario deberá garantizar que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban una formación e información adecuadas sobre los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas, así como sobre las medidas de prevención y protección que hayan de adoptarse.

En particular, proporcionará a los trabajadores una formación e información adecuada sobre la forma correcta de manipular las cargas y sobre los riesgos que corren de no hacerlo de dicha forma, teniendo en cuenta los factores de riesgo establecidos legalmente.

La información suministrada deberá incluir indicaciones generales y las precisiones que sean posibles sobre el peso de las cargas y, cuando el contenido de un embalaje esté descentrado, sobre su centro de gravedad o lado más pesado.

3.- ¿Qué medidas correctoras podrá aplicar el empresario para reducir riesgos?

Prioritariamente el empresario deberá adoptar todas aquellas medidas que contribuyan a la eliminación o reducción del riesgo, debido a la manipulación manual de cargas, al nivel más bajo posible. Entre otras, la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la Manipulación manual de cargas proponen las siguientes:

  • Utilización de ayudas mecánicas.
  • Reducción o rediseño de la carga. (Reduciendo su tamaño, o su peso, o rediseñando la carga, de manera que tenga una forma regular, e incluso dotándola de asas que faciliten el agarre).
  • Organización del trabajo. (Para ello, se procurará que la manipulación sea más fácil, organizando las tareas de forma que se eviten giros, inclinaciones, estiramientos, empujes, etc. innecesarios).
  • Mejora del entorno de trabajo (evitar desniveles, escaleras, espacios constreñidos o insuficientes, temperaturas extremas, etc…).