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800 - ¿Cuáles son los tipos de equipos que existen para la protección ocular y facial de las personas trabajadoras?
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Vademecum: prevencion
Fecha última revisión: 02/07/2024
Los equipos destinados a la protección de la cara y los ojos permiten protegerse frente a los riesgos causados por proyecciones de partículas sólidas, líquidos y exposición a radiaciones ópticas. Se pueden clasificar en dos grandes grupos: pantallas y gafas. Además, se explica que los equipos deben cumplir con el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo y Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo de 2016, así como tener marcado CE. Por último, se destaca la importancia de los oculares filtrantes en operaciones con riesgo de exposición a radiaciones ópticas.
Los equipos destinados a la protección de la cara y los ojos permiten protegerse frente a los riesgos causados por proyecciones de partículas sólidas, proyecciones de líquidos (corrosivos, irritantes) y exposición a radiaciones ópticas (infrarrojo, ultravioleta, láser). Se pueden clasificar en dos grandes grupos: pantallas y gafas.
Las gafas de protección y pantallas faciales son EPI y, como tales, deben cumplir con el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo y Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo de 2016 y tener marcado CE.
1. Pantallas de protección
Las pantallas cubren la cara del usuario, no solamente los ojos. Aunque existen, en orden a sus características intrínsecas, dos tipos de pantallas, faciales y de soldadores, podemos encontrar distintos tipos de equipos de protección facial según su tipo de montura (soldadura o textil, por ejemplo), el sistema de sujeción (a la mano, por arnés, en el casco, en el dispositivo respiratorio) o según su material (plástico, malla de alambre, malla textil, etcétera).
Los tipos de pantallas de protección son («Guía orientativa para la selección y utilización de protectores oculares y faciales. INSST. Año 2002»):
- Pantalla facial: cubre la totalidad o una parte del rostro, por lo que protege de ojos de proyecciones de partículas que pueden ocasionar lesiones oculares, salpicaduras de metales, etc.
- Pantalla de mano: pantallas faciales que se sostienen con la mano.
- Pantalla facial integral: protectores de ojos que cubren cara, garganta y cuello, pudiendo ser llevados sobre la cabeza mediante un arnés de cabeza o casco protector.
- Pantalla facial montada: este término se utiliza al considerar que los protectores de los ojos con protección facial pueden ser llevados directamente sobre la cabeza mediante un arnés de cabeza, o conjuntamente con un casco de protección.
La elección correcta de una pantalla de protección es crucial para garantizar la seguridad del usuario frente a los riesgos específicos de su entorno laboral. Esta selección debe basarse en una evaluación detallada de los riesgos presentes, considerando tanto el tipo de pantalla como sus características específicas de montura y visor.
2. Gafas
Las gafas tienen el objetivo de proteger los ojos del trabajador. Para que resulten eficaces, requieren combinar junto con unos oculares de resistencia adecuada, un diseño o montura o bien unos elementos adicionales adaptables a ella, con el fin de proteger el ojo en cualquier dirección. Se utilizan oculares filtrantes en todas aquellas operaciones en las que haya riesgo de exposición a radiaciones ópticas como ultravioleta, infrarrojo o láser.
Las gafas, desde el punto de vista del diseño o de las características de su montura, se pueden agrupar en los siguientes tipos:
- Gafas tipo universal. Pueden ir provistas, aunque no necesariamente, de protección adicional.
- Gafas tipo copa o cazoleta. Encierran cada ojo aisladamente. Están constituidas por dos piezas, integrando el aro portaocular y la protección lateral. También puede ser adaptables al rostro con un único ocular.
- Gafas de montura integral. La protección adicional está incluida en la misma montura. Pueden ser utilizadas junto con gafas graduadas.
- Gafas de montura suplemento. Tienen un diseño limitado solamente al frente de la montura con una sujeción, tipo bisagra o enganche, a otra gafa. Pueden encontrarse en forma de «montura doble» en gafas de montura universal y de montura integral.
En determinados casos, en que vayan a ser utilizadas de forma continuada por una persona que necesita gafas graduadas, pueden confeccionarse gafas de seguridad graduadas. Téngase en cuenta que la obligación de llevar gafas de modo permanente es bastante habitual en los laboratorios.
3. Protectores de ojos, cara y cabeza contra los efectos del arco eléctrico
Recientemente se ha publicado la EN IEC 62819:2023, estableciendo los requisitos de diseño, fabricación y ensayo de estos protectores frente los riesgos térmicos, ópticos y mecánicos de un arco eléctrico.
Esta norma se aplica a los protectores de ojos, cara y cabeza, entre los que se encuentran las capuchas, pasamontañas, gafas de montura integral, pantallas faciales y visores, cascos, así como componentes que proporcionen cobertura adicional, como protectores de barbilla o de cuello.
Los principales requisitos para la protección frente a los efectos del arco eléctrico son:
Característica de arco mínima | ATPV: 4 cal/cm2 EBT: 4 cal/cm2 ELIM: 3,2 cal/cm2 | Si un protector consta de una combinación de dispositivos, su protección térmica será el valor más bajo de clases de los dispositivos utilizados. |
Clases de protección de arco | Clase 1 (mínimo) Clase 2 | |
Requisitos adicionales para cascos | Sin llamas visibles dentro del casco. Sin material fundido o escombros quemados que lleguen al interior del casco. | |
Protector ocular/ facial | Se establece un área mínima de cobertura en función de si se combinan o no con pasamontañas o capucha. Resistencia a la radiación UV y al impacto a alta velocidad. | |
Componentes textiles | Cumplir con norma armonizada UNE-EN 61482-2:2021. |
Fuente: Folleto: Equipos de Protección Individual para los ojos, cara y cabeza frente al riesgo eléctrico. INSST. Año 2023.
CUESTIÓN
¿Qué tipo de riesgos oculares podemos encontrar?
A modo de ejemplo:
- Riesgos mecánicos como proyección de partículas, polvo de partículas en el aire o proyección de agua a alta presión.
- Riesgos químicos en forma de salpicaduras, insecticidas, vapores o gases.
- Riesgos físicos como la exposición a radiaciones ópticas procedentes de soldadura y técnicas afines.
4. Gafas de protección frente a la radiación solar
La exposición a la radiación solar, especialmente a la radiación ultravioleta (UV), es un riesgo laboral significativo para una parte considerable de la población trabajadora. Para mitigar estos riesgos, es esencial el uso de gafas de protección solar adecuada.
Las gafas de sol, consideradas EPI según el Reglamento (UE) n.º 2016/425, deben cumplir con requisitos específicos, incluido el marcado CE, para garantizar su eficacia protectora. La selección adecuada de gafas de sol requiere un conocimiento detallado de las condiciones de trabajo y debe reflejarse en una evaluación de riesgos, considerando aspectos como el tipo de ocular, la clase de protección, y las restricciones de uso.
Los tipos de oculares y sus propiedades pueden resumirse en:
- Oculares solares fotocrómicos: varían su transmisión de luz visible en respuesta a la radiación solar, la temperatura, y otros factores. No oscurecen detrás de parabrisas que filtran UV.
- Oculares solares polarizados: eliminan reflejos de superficies horizontales, reduciendo el deslumbramiento. Pueden interferir con la visión de pantallas de dispositivos electrónicos.
- Oculares solares degradados: con un tono que se aclara gradualmente de arriba abajo, son ideales para interiores y condiciones de baja luz solar, aunque menos efectivos contra reflejos de superficies horizontales.
CUESTIÓN
¿Qué requisitos de protección frente a la radiación solar deben cumplir los oculares solares? ¿las gafas de sol de uso común cumplirían los mismos estándares?
Siempre siguiendo las recomendaciones de la evaluación de riesgos, los oculares solares para uso laboral deben cumplir los parámetros necesarios según la exposición de: absorción de la radiación visible (VIS), protección del ojo en la región espectral de ultravioleta (UV) y, en algunos casos, en la del infrarrojo (IR). Actualmente no existen grandes diferencias en las especificaciones técnicas entre las gafas de sol de uso laboral y las de uso general. El «Folleto: Trabaja mirando por tus ojos. Gafas de protección frente a la radiación solar. INSST. Año 2019» establece las correlaciones entre ambas siguiendo dos normas UNE:
- UNE-EN 172/A1:2000. Protección individual del ojo. Filtros de protección solar para uso laboral.
- UNE-EN ISO 12312-1:2022. Protección de los ojos y la cara. Gafas de sol y equipos asociados. Parte 1: Gafas de sol para uso general (ISO 12312-1:2022).
5. Exposición ocular a productos químicos
Múltiples personas trabajadoras están expuestas a sustancias químicas que pueden poner en riesgo los ojos. Nuevamente corresponderá a la evaluación de riesgos definir los equipos de protección ocular y facial frente al riesgo químico teniendo en cuenta el producto que se utiliza, las características de la tarea y las peculiaridades de la persona trabajadora.
En este caso será básico consultar la descripción general de los riesgos físico-químicos, ambientales y de salud de la sustancia que se maneja (conocida como frase R) para el contacto con los ojos en la ficha de datos de seguridad (FDS), así como la información sobre los riesgos especiales que pueden surgir durante el manejo de sustancias o formulaciones peligrosas y asegurar un manejo seguro de las sustancias.
La norma «UNE-EN 166:2002. Protección individual de los ojos. Especificaciones» define los requisitos básicos que deben cumplir los protectores oculares, en lo relativo al campo visual, requisitos ópticos, solidez, resistencia al envejecimiento, corrosión e ignición, encontrando distintos grados de hermeticidad del protector para la región ocular. Con carácter general, la gafa dentro del campo de uso 5, permite una protección frente a gases, polvo fino y grueso y gotas de líquidos. La protección que ofrece una pantalla facial se evalúa en función de su zona de cobertura. (Apéndice 4 de la Guía Técnica para la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. INSST. Año 2022 y folleto Riesgo químico en la PYME: Protección ocular y facial).