¿Cuál será la forma de re...gonómicos?
Ver Indice
»

Última revisión
24/07/2024

prevencion

¿Cuál será la forma de realizar la evaluación de riesgos ergonómicos?

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Relacionados:

Vademecum: prevencion

Fecha última revisión: 22/07/2024

Resumen:

Según el art. 15.1.a) y b) de la LPRL, en donde se recogen los principios de acción preventiva, la empresa deberá en primer lugar evitar los riesgos y, si no es posible, evaluarlos. El INSST ha realizado una recopilación de información sobre los trastornos musculoesqueléticos, englobando los distintos métodos de evaluación posible.

Por otro lado, las empresas tienen la obligación de riesgos ergonómicos para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.


¿Qué método de evaluación de riesgos ergonómicos será el adecuado?

Partiendo de los principios de acción preventiva recogidos en el art. 15.1.a) y b) de la LPRL, la empresa deberá en primer lugar evitar los riesgos y, si no es posible, evaluarlos. Cuando el riesgo ergonómico sea evidente y existan propuestas eficaces que puedan evitarlo, habrá que aplicarlas en el puesto.

Un error común es tratar de determinar qué método de evaluación emplear en función del puesto a evaluar. Para cada una de las tareas, y para cada factor de riesgo presente, ha de seleccionarse un método de evaluación ergonómica adecuado, o combinar varios métodos de existir varios factores de riesgo diferentes (Diego-Mas, Jose Antonio (2015). «¿Cómo evaluar un puesto de trabajo?». Ergonautas, Universidad Politécnica de Valencia).

Como ayuda para contestar a esta pregunta, el INSST ha realizado una recopilación de información sobre los trastornos musculoesqueléticos, englobando los distintos métodos de evaluación posible:

¿Cuándo es necesario realizar una evaluación de riesgos ergonómicos?

La legislación obliga a las empresas a realizar evaluaciones de riesgos ergonómicos para garantizar la seguridad y salud de sus empleados. Si en un primer análisis (nivel básico) se identifican riesgos  ergonómicos en el puesto de trabajo debería realizarse una evaluación de los mismos (nivel avanzado).

A falta de poder concretar específicamente la necesidad de evaluación ergonómica, podemos estandarizar la necesidad de esta cuando se detecten riesgos ergonómicos como por ejemplo:

  • Posturas de trabajo forzadas.
  • Movimientos bruscos o inesperados o repetitivos.
  • Manipulación manual de cargas.
  • Iluminación insuficiente en el puesto de trabajo.
  • Cuando la concepción ergonómica de los puestos y lugares de trabajo no cumpla con la normativa vigente.
  • Cuando exista riesgo por ruido.
  • Cuando exista riesgo por vibraciones
  • Exposición al ambiente térmico extremo.

CUESTIONES

1. ¿Cómo pueden evaluarse los riesgos ergonómicos a nivel básico?

Para la identificación de riesgos (nivel básico), pueden utilizarse herramientas como la Lista de comprobación ergonómica o el Manual para la evaluación y prevención de riesgos ergonómicos y psicosociales en la PYME del INSHT. 

2. ¿Cómo pueden evaluarse los riesgos ergonómicos a nivel avanzado?

Detectados riesgos ergonómicos en una evaluación inicial, deberemos realizar una evaluación detallada mediante los métodos de evaluación específicos para cada factor de riesgo, como la Ecuación de NIOSH o la Guía Técnica de Levantamiento de Carga del INSHT.