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¿Cuál es el proceso de adecuación de una máquina en materia de PRL?
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Vademecum: prevencion
Fecha última revisión: 23/07/2024
El proceso de adecuación de una máquina en materia de PRL requiere adaptar los equipos más antiguos para que cumplan con las disposiciones mínimas aplicables según la normativa de seguridad industrial. Estas acciones se deben realizar después de marcar la máquina con el signo CE para que cumpla con los requisitos exigidos.
Si es preciso, el empresario deberá adaptar, poner en conformidad o adecuar los equipos conforme a lo indicado en la disposición transitoria única del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio. Se trata de adaptar los equipos «viejos», no sujetos al marcado CE, para que cumplan las disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo establecidas en su anexo I.
¿Cómo pueden ser las adaptaciones de la máquina?
Las adaptaciones de la máquina pueden ser sencillas o más o menos complicadas, ya que van desde colocar un resguardo fijo en una máquina hasta el cambio de la maniobra de mando de una prensa excéntrica, o la sustitución de un sistema de protección por otro distinto porque el averiado no tiene ya sustituto en el mercado, o dotar de aire acondicionado a una cabina de grúa o de asientos regulables sin modificar sus características básicas ni su uso previsto.
Si se modifica la utilización de un equipo de trabajo en condiciones no consideradas por el fabricante, pero no las características básicas del equipo, se efectuará la preceptiva evaluación y se implantarán las medidas preventivas pertinentes, incluyendo las que pueden afectar al puesto de trabajo.
Si el empresario modifica una máquina sujeta al marcado CE, se convierte en fabricante cuando las modificaciones efectuadas afectan al uso previsto por el fabricante original y/o a las características básicas de dicha máquina, por ejemplo, por un cambio en el funcionamiento o en las prestaciones de la máquina, pudiendo dar lugar a nuevos riesgos o agravarlos y, por lo tanto, conforme a la normativa de seguridad industrial, desde el 29 de diciembre de 2009 debería aplicar el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre.
El marcado CE es el signo externo de la conformidad de la máquina con los requisitos esenciales de la Directiva de Máquinas (Directiva 2006/42/CE), así como del resto de las directivas aplicables que afecten a dicha máquina. Está constituido por las iniciales CE, cuyo tamaño puede ser modificado, pero ha de mantener siempre las proporciones, guardando una altura mínima de 5 mm, salvo que por el tamaño de la máquina esté justificado hacerla más pequeña.
Cuando para la evaluación de la conformidad se haya aplicado el procedimiento de aseguramiento de calidad total, a continuación del marcado CE deberá figurar el número de identificación del organismo notificado.
El marcado CE debe fijarse en la máquina de manera visible, legible e indeleble. Está prohibido todo marcado, signo o inscripción que pueda inducir a error a terceros en relación con el significado del marcado CE, con su logotipo o con ambos al mismo tiempo.
Se pueden colocar otras marcas tales como el logotipo del fabricante o la marca de calidad voluntaria, a condición de que no afecte a la visibilidad, a la legibilidad ni al significado del marcado CE.
La declaración CE de conformidad es el documento adjunto a la máquina que junto con el marcado CE acredita la conformidad de la máquina con los requisitos esenciales de las directivas aplicables. Todas las máquinas deben ir acompañadas de la declaración CE de conformidad, documento que el fabricante, o su representante, debe elaborar, detallado en el anexo II, parte A de la directiva.
Control del buen funcionamiento de la máquina
1. «NTP 325: Cuestionario de chequeo para el control de riesgo de atrapamiento en máquinas. INSST. Año 1993»
El cuestionario de chequeo para el control de riesgo de atrapamiento en máquinas expone y desarrolla los criterios a seguir para la elaboración de cuestionarios de chequeo para el control de un riesgo de accidente, e incluye como complemento un modelo de cuestionario de chequeo elaborado con el fin de identificar el riesgo de atrapamiento en máquinas, que puede ser aplicado con carácter general a cualquier tipo de máquina.
El cuestionario pretende facilitar la tarea de identificar los distintos factores de riesgo que posibilitan la materialización de accidentes por atrapamientos en máquinas, haciendo especial incidencia en los aspectos materiales del citado riesgo, incluyendo otros factores determinantes del riesgo, como son los relativos al entorno ambiental, a la organización y a las características personales de los operarios.
2. Labores de revisión, mantenimiento o reparación de máquinas: consignación de una máquina
La Directiva 2006/42/CE indica en el punto 1.6.3 «Separación de las fuentes de energía» del anexo I:
«La máquina estará provista de dispositivos que permitan aislarla de cada una de sus fuentes de energía. Dichos dispositivos serán claramente identificables. Deberán poder ser bloqueados si al conectarse de nuevo pudieran poner en peligro a las personas. Los dispositivos también deberán poder ser bloqueados cuando el operador no pueda comprobar, desde todos los puestos a los que tenga acceso, la permanencia de dicha separación.
(...)
La energía residual o almacenada en los circuitos de la máquina tras su aislamiento debe poder ser disipada normalmente sin riesgo para las personas».
Por otro lado, el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, modificado por el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, establece en el punto 12 de su anexo I «Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo» que «todo equipo de trabajo deberá estar provisto de dispositivos claramente identificables que permitan separarlo de cada una de sus fuentes de energía».
Es recomendable disponer de un procedimiento de trabajo personalizado para cada máquina y facilitado por el fabricante de la misma o elaborado con la ayuda de las indicaciones incluidas en su manual de instrucciones, no obstante, la NTP 1117. Consignación de máquinas. INSST. Año 2018 presenta de modo general los medios técnicos disponibles para separar las fuentes de energía e impedir la puesta en marcha intempestiva de cualquier elemento peligroso de una máquina y, en su caso, indicar el modo de disipar la energía residual acumulada tras la parada.
La consignación de una máquina es un procedimiento compuesto por el conjunto de las cuatro acciones siguientes:
- Separación de la máquina (o de elementos definidos de la máquina) de todas las fuentes de energía posibles.
- Bloqueo de todos los dispositivos de separación (u otro medio para impedir el accionamiento) en aquellos casos en los que fuese necesario (por ejemplo, en máquinas de grandes dimensiones).
- Disipación o retención (confinamiento) de cualquier energía acumulada que pueda dar lugar a un peligro.
- Verificación, mediante un procedimiento de trabajo seguro, de que las acciones realizadas según los apartados anteriores han producido el efecto deseado.
Respecto al último punto tratado, el paso final para la consignación será la verificación mediante un procedimiento de trabajo seguro de que las acciones realizadas han producido el efecto deseado, como ejemplos de procedimientos de verificación, algunos de los puntos que deberían ser comprobados y registrados, cuando proceda, según el equipo del que se trate serían:
a) Corte de la energía:
- Los seccionadores y/o los interruptores, ¿se encuentran en la posición de apertura (0)? SÍ/NO
- ¿Se ha comprobado que los órganos de accionamiento correspondientes NO ponen en marcha los elementos de la máquina? SÍ/NO
- ¿Se han retirado las clavijas de sus bases? (Si procede) SÍ/NO
- Las válvulas de corte, ¿están en la posición de cierre? (Si procede) SÍ/NO
- ¿Se ha realizado el etiquetado de los elementos de corte? (Si procede) SÍ/NO
b) Bloqueo de los dispositivos de corte:
- Los dispositivos desbloqueo (candados, cerraduras, envolventes con llave), ¿impiden completamente el accionamiento de los dispositivos de corte? SÍ/NO
c) Ausencia, disipación, confinamiento, retención de energías:
- ¿Se han detenido por completo los elementos móviles de la máquina? (Comprobación visual). SÍ/NO
- ¿Ausencia de tensión eléctrica? (Comprobación, por ejemplo, mediante un voltímetro). SÍ/NO
- ¿Ausencia de presión acumulada o residual? (Comprobación, por ejemplo, mediante indicadores de presión, manómetros, etc.). SÍ/NO
- ¿Se ha comprobado la ausencia de partes con temperaturas extremas? (Comprobación por el método más adecuado). SÍ/NO
- ¿Se ha confinado o retenido las energías almacenadas o residuales? (Acumuladores, resortes, masas que pueden desplomarse por la acción de la gravedad). SÍ/NO
DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
- Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos de trabajo. INSST. (En especial apéndice 7).
- NTP 235: Medidas de seguridad en máquinas: criterios de selección, las medidas de seguridad aplicables a una máquina. INSST. Año 1983.
- NTP 434: Superficies de trabajo seguras (I). INSST. Año 1996.
- NTP 1117. Consignación de máquinas. INSST. Año 2018.
- NTP 325: Cuestionario de chequeo para el control de riesgo de atrapamiento en máquinas. INSST. Año 1993.
- UNE-EN ISO 20430:2020. (Ratificada). Maquinaria de plásticos y caucho. Máquinas de moldeo por inyección. Requisitos de seguridad. (ISO 20430:2020). (Ratificada por la Asociación Española de Normalización en agosto de 2020.)
- UNE-EN ISO 16092-2:2021. Seguridad de las máquinas herramienta. Prensas. Parte 2: Requisitos de seguridad para prensas mecánicas. (ISO 16092-2:2019).
- UNE-EN ISO 4413:2011. Transmisiones hidráulicas. Reglas generales y requisitos de seguridad para los sistemas y sus componentes. (ISO 4413:2010).
- UNE-EN ISO 4414:2011. Transmisiones neumáticas. Reglas generales y requisitos de seguridad para los sistemas y sus componentes. (ISO 4414:2010).
- UNE-EN 1010-1:2005+A1:2011. Seguridad de las máquinas. Requisitos de seguridad para el diseño y la construcción de máquinas de impresión y transformadoras de papel. Parte 1: Requisitos comunes.
- UNE-EN ISO 12100:2012. Seguridad de las máquinas. Principios generales para el diseño. Evaluación del riesgo y reducción del riesgo. (ISO 12100:2010)
- UNE-EN ISO 13849-1:2016. Seguridad de las máquinas. Partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad. Parte 1: Principios generales para el diseño. (ISO 13849-1:2015).
- UNE-EN ISO 12100:2012. Seguridad de las máquinas. Principios generales para el diseño. Evaluación del riesgo y reducción del riesgo. (ISO 12100:2010).
- UNE-EN 60204-1:2019. Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales.
- UNE-EN ISO 4414:2011. Transmisiones neumáticas. Reglas generales y requisitos de seguridad para los sistemas y sus componentes. (ISO 4414:2010).
- UNE-EN ISO 13850:2016. Seguridad de las máquinas. Función de parada de emergencia. Principios para el diseño. (ISO 13850:2015). (Esta norma será anulada por la PNE-prEN ISO 13849-1 actualmente en tramitación).
- UNE-EN 60204-1:2019. Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales.
- UNE-EN ISO 13851:2020. Seguridad de las máquinas. Dispositivos de mando a dos manos. Principios para el diseño y la selección. (ISO 13851:2019).