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Última revisión
22/04/2024

prevencion

1410 - ¿Cuál será el método adecuado de evaluación de riesgos ergonómicos en materia de prevención de riesgos laborales?

Tiempo de lectura: 2 min

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Vademecum: prevencion

Fecha última revisión: 22/04/2024

Resumen:

Según el art. 15.1.a) y b) de la LPRL, en donde se  recogen los principios de acción preventiva, la empresa deberá en primer lugar evitar los riesgos y, si no es posible, evaluarlos. El INSST ha realizado una recopilación de información sobre los trastornos musculoesqueléticos, englobando los distintos métodos de evaluación posible. Estos incluyen el manual para la evaluación y prevención de riesgos ergonómicos y psicosociales en PYME, métodos de evaluación de riesgos para manipulación manual de cargas, métodos de evaluación de posturas, métodos de evaluación de trabajos repetitivos, y el grupo de trabajo sobre TME de la CNSST.


Partiendo de los principios de acción preventiva recogidos en el art. 15.1.a) y b) de la LPRL, la empresa deberá en primer lugar evitar los riesgos y, si no es posible, evaluarlos. Cuando el riesgo ergonómico sea evidente y existan propuestas eficaces que puedan evitarlo, habrá que aplicarlas en el puesto.

Un error común es tratar de determinar qué método de evaluación emplear en función del puesto a evaluar. Para cada una de las tareas, y para cada factor de riesgo presente, ha de seleccionarse un método de evaluación ergonómica adecuado, o combinar varios métodos de existir varios factores de riesgo diferentes («Diego-Mas, Jose Antonio. ¿Cómo evaluar un puesto de trabajo? Ergonautas, Universidad Politécnica de Valencia, 2015»).

Como ayuda para contestar a esta pregunta, el INSST ha realizado una recopilación de información sobre los trastornos musculoesqueléticos, englobando los distintos métodos de evaluación posible: