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Última revisión
22/07/2024

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¿Cuáles son los tipos de equipos de protección contra el ruido que existen para la prevención de riesgos laborales?

Tiempo de lectura: 3 min

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Vademecum: Prevención

Fecha última revisión: 22/07/2024

Resumen:

Los equipos de protección auditiva evitan el daño en el oído y están regulados por disposiciones legales para su fabricación y comercialización. Entre ellos encontramos los tapones auditivos, las orejeras, el casco antirruido, los protectores dependientes del nivel de ruido, los protectores para la reducción activa del ruido y las orejeras de comunicación. Todos ellos están destinados a ofrecer una adecuada protección auditiva para prevenir los riesgos laborales.


Los protectores auditivos son equipos de protección individual que, debido a sus propiedades para la atenuación de sonido, reducen los efectos del ruido en la audición, para evitar así un daño en el oído.

Los equipos de protección auditiva se encuentran sometidos a diferentes disposiciones legales que regulan tanto su fabricación como su comercialización. Esencialmente, tenemos los siguientes tipos de protectores:

  • Tapón auditivo: protector que se utiliza inserto en el conducto auditivo externo. 
  • Orejera: protector auditivo que consta de: dos casquetes que ajustan convenientemente a cada lado de la cabeza por medio de elementos almohadillados, quedando el pabellón externo de los oídos en el interior de los mismos. Sistema de sujeción por arnés.
  • Casco antirruido: elemento que, actuando como protector auditivo, cubre parte de la cabeza, además del pabellón externo del oído.
  • Otros tipos:
    • Protectores dependientes del nivel: están concebidos para proporcionar una protección que se incremente a medida que el nivel sonoro aumenta.
    • Protectores para la reducción activa del ruido (protectores ANR): se trata de protectores auditivos que incorporan circuitos electroacústicos destinados a suprimir parcialmente el sonido de entrada a fin de mejorar la protección del usuario.
    • Orejeras de comunicación: las orejeras asociadas a equipos de comunicación necesitan el uso de un sistema aéreo o por cable a través del cual puedan transmitirse señales, alarmas, mensajes o programas de entrenamiento.
Del mismo modo, los protectores auditivos pueden clasificarse en pasivos y no pasivos (NTP 980. Protectores auditivos: orejeras dependientes del nivel. INSST. Año 2013):

  • Los protectores auditivos pasivos se refieren a las orejeras o a los tapones que poseen una respuesta acústica que depende de su diseño y de las características físicas de los materiales utilizados. Estos son los de uso más frecuente y su atenuación acústica permanece constante al variar el nivel de ruido siempre y cuando no cambie la frecuencia o el espectro de ruido presente.
  • Los protectores auditivos no pasivos son los equipos de protección individual (EPI) que incorporan algún sistema electrónico o elemento mecánico que los hace comportarse acústicamente de una forma específica. Entre ellos se encuentran las orejeras dependientes del nivel (de ruido), las orejeras con reducción activa del ruido olas orejeras con entrada eléctrica de audio. También hay modelos que poseen más de una función como dependientes del nivel y entrada eléctrica de audio (para conectarse a un sistema de comunicación).

CUESTIÓN

¿Qué normativa resulta de aplicación para riesgos relacionados con la exposición al ruido?

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz. También resultarán de aplicación las disposiciones del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

En caso de actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a riesgos derivados del ruido como consecuencia de su trabajo, resultará de aplicación el Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.