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prevencion
750 - ¿Cómo levarse a cabo la formación para el uso de los EPI?
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Fecha última revisión: 02/07/2024
El empresario tiene la responsabilidad de brindar información y formación adecuada a los trabajadores acerca de los EPI y su correcto uso. Esto se establece en los arts. 18 y 19 de la LPRL y en el art. 8 del Real Decreto 773/1997. Asimismo, el empresario deberá informar a los trabajadores y proporcionarles instrucciones sobre la forma correcta de usar los EPI, así como organizar sesiones de entrenamiento para su utilización cuando sea necesario.
Junto a las obligaciones en materia de información y formación establecidas en los arts. 18 y 19 de la LPRL, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban formación y sean informados sobre los EPI facilitados.
Igualmente, conforme al art. 8 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, el empresario deberá informar a los trabajadores, previamente al uso de los equipos, de los riesgos contra los que les protegen, así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse. Asimismo:
- Deberá proporcionarles instrucciones, preferentemente por escrito, sobre la forma correcta de utilizarlos y mantenerlos.
- El manual de instrucciones o la documentación informativa facilitados por el fabricante estarán a disposición de los trabajadores.
- La información que se facilite deberá ser comprensible para los trabajadores.
- Organizará, en su caso, sesiones de entrenamiento para la utilización de equipos de protección individual, especialmente cuando se requiera la utilización simultánea de varios equipos de protección individual que por su especial complejidad así lo haga necesario.