¿Qué enfermedades profesi...recuentes?
Ver Indice
»

Última revisión
23/07/2024

prevencion

¿Qué enfermedades profesionales son más frecuentes?

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

Relacionados:

Vademecum: prevencion

Fecha última revisión: 23/07/2024

Resumen:

Las enfermedades profesionales más comunes son: los trastornos musculoesqueléticos (TME), los trastornos foniátricos y los trastornos psicosociales:

  • Para trastornos musculoesqueléticos, el plan de prevención de riesgos ha de prestar atención tanto a las acciones preventivas como al diseño ergonómico del lugar de trabajo, tareas y equipo a utilizar.
  • En cuanto a los trastornos foniátricos, en la evaluación de riesgos se tendrán en cuenta las condiciones materiales y ambientales de los espacios de trabajo, las condiciones personales del trabajador y las condiciones organizativas en las que desarrolla su trabajo.
  • La evaluación de riesgos para los trastornos psicosociales debe realizarse utilizando métodos que apunten al origen de los problemas, es decir, a las características de la organización del trabajo.


Las enfermedades profesionales más comunes son:

  • Trastornos musculoesqueléticos.
  • Trastornos foniátricos.
  • Trastornos de origen psicosocial.

Trastornos musculoesqueléticos (TME) 

Los trastornos musculoesqueléticos (TME) representan el problema de salud relacionado con el trabajo más común tanto en España como en el resto de Europa y requieren especial atención en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

La mayoría de estas patologías afectan a espalda, cuello, hombros, codos, muñecas, rodillas, pies o piernas, y derivan de:

  • Manipulación de cargas, especialmente al agacharse y girarse.
  • Movimientos repetitivos o forzados.
  • Posturas extrañas o estáticas.
  • Vibraciones, iluminación deficiente o entornos de trabajo fríos.
  • Trabajo a un ritmo elevado.
  • Estar de pie o sentado durante mucho tiempo en la misma posición.

Para abordar los TME, siempre que la evaluación de riesgos muestre factores como movimientos repetitivos, trabajos sujetos a un plazo de entrega, mantenimiento de posturas forzadas, fatiga física o visual, dolores musculares, etc., el plan de prevención de riesgos ha de prestar atención tanto a las acciones preventivas como el diseño ergonómico del lugar de trabajo, tareas y equipo a utilizar.

Trastornos foniátricos

Los trastornos foniátricos se producen por una emisión incorrecta de la voz debida, principalmente, por hablar demasiado alto, durante mucho tiempo, de forma técnicamente inadecuada y en ambientes y espacios sonoramente inconvenientes.

En determinados sectores (comercial, profesorado, etc.) la presencia de síntomas de alteración en la voz o sobreesfuerzo vocal como: ronquera, falta de intensidad, escozor, tos, quemazón, falta de aire al hablar, dolor en la zona faringe-traqueal y pérdida de voz (afonía) supone síntomas iniciales de una futura enfermedad derivada del trabajo como laringitis, pólipos vocales, úlceras de contacto en las cuerdas vocales, nódulos vocales, etc., y, por lo tanto, un riesgo que, tanto la evaluación como el plan de prevención han de tener en cuenta. El plan de prevención de riesgos ha de prestar atención tanto a las acciones preventivas como al diseño ergonómico del lugar de trabajo, tareas y equipo a utilizar.

Atendiendo a la NTP 1149. Voz y trabajo procedimiento preventivo. INSST. Año 2020, en la evaluación de riesgos se tendrán en cuenta las condiciones materiales y ambientales de los espacios de trabajo, las condiciones personales del trabajador y las condiciones organizativas en las que desarrolla su trabajo, siendo recomendable que en la evaluación de riesgos se consideren los siguientes aspectos:

  • Condiciones materiales: geometría de los locales y sus características acústicas (tiempo de reverberación, ruido de fondo, nivel de interferencia verbal), los elementos reflectantes y absorbentes del sonido, así como los ocupantes y la distribución de los mismos.
  • Características ambientales: humedad relativa, temperatura, ventilación, corrientes de aire, presencia de irritantes o de otros agentes químicos en el ambiente.
  • Características organizativas: carga de trabajo, distribución del tiempo de trabajo, pausas y la formación en el uso y cuidado de la voz.
  • Las características personales y los resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos.

Como resultado de la evaluación de riesgos y de la vigilancia de la salud, se deben establecer medidas para eliminar o reducir el riesgo. Esas medidas preventivas deben aplicarse sobre el entorno físico, a nivel organizativo e individual y ser objeto de seguimiento para valorar su efectividad.

En esta NTP 1149 citada se propone un guion para la elaboración de un procedimiento o protocolo para la prevención de los daños relacionados con el sobresfuerzo vocal en el trabajo basado, como mínimo, en los siguientes apartados:

«a. Identificación.

b. Ámbito de aprobación.

c. Objeto. 

d. Ámbito de aplicación o alcance.

e. Normativa.

f. Términos y definiciones

g. Desarrollo:

Evaluación de riesgos.

Vigilancia de la salud.

Medidas preventivas.

Información y Formación.

Gestión del caso.

h. Responsabilidades.

i. Algoritmo de actuación o flujograma.

j. Seguimiento y evaluación.

k. Relación de documentos anexos».

Trastornos de origen psicosocial

La LPRL considera que la organización del trabajo forma parte de las condiciones de trabajo que influyen en la salud y seguridad de las personas trabajadoras. Los trastornos psicosociales hacen referencia a aquellas condiciones, presentes en el trabajo, que tienen capacidad para afectar al bienestar o a la salud (física, psíquica o social) de la persona trabajadora, así como al desarrollo de su trabajo.

En este caso, la herramienta dentro de la prevención ha de ser la realización de evaluaciones de riesgos psicosociales en los puestos de trabajo, para lo que han de tenerse en cuenta diversos elementos:

  • Las condiciones de trabajo que pueden provocar daño.
  • Los factores que pueden provocar daño.
  • Las consecuencias del daño.

A fin de determinar los elementos peligrosos del trabajo y las medidas de prevención, se recomienda que la evaluación de riesgos psicosociales debe realizarse utilizando métodos que apunten al origen de los problemas, es decir, a las características de la organización del trabajo.

La NTP 702: El proceso de evaluación de los factores psicosociales. INSST. Año 2005 y la NTP 450: Factores psicosociales: fases para su evaluación. INSST. Año 1997 analizan el proceso de evaluación de los factores psicosociales. En este sentido, el cuadro n.º 3 de la NTP 702 proporciona una recopilación de métodos aplicables al ámbito de la psicosociología para la evaluación de los factores psicosociales de las condiciones de trabajo, dividiéndolo en las siguientes fases:

  • Identificación de los factores de riesgo.
  • Elección de la metodología y técnicas de investigación que se han de aplicar.
  • Planificación y realización del trabajo de campo.
  • Análisis de los resultados y elaboración de un informe.
  • Elaboración y puesta en marcha de un programa de intervención.
  • Seguimiento y control de las medidas adoptadas.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha incorporado recientemente el desgaste profesional, conocido como «síndrome de burnout», a la clasificación internacional de enfermedades de la propia organización. 

Para la OMS, el síndrome se caracteriza por tres dimensiones:

1) Sentimientos de falta de energía o agotamiento.

2) Aumento de la distancia mental con respecto al trabajo, o sentimientos negativos o cínicos con respecto al trabajo.

3) Eficacia profesional reducida. El síndrome de desgaste ocupacional se refiere específicamente a los fenómenos en el contexto laboral y no debe aplicarse para describir experiencias en otras áreas de la vida.

Siendo encuadrado dentro de la sección «problemas asociados al empleo y desempleo», con el Código QD85 (Síndrome del desgaste ocupacional).

En este sentido, se manifiestan la sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía n.º 1683/2017, de 1 de junio, ECLI:ES:TSJAND:2017:5760, y la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra n.º 61/2014, de 5 de marzo, ECLI:ES:TSJNA:2014:120, por las que se considera accidente laboral, el síndrome del trabajador «quemado». Los padecimientos psíquicos que aquejan a la persona trabajadora son considerados como provenientes de accidente de trabajo de conformidad con lo dispuesto en la LGSS. Esto es así, porque se consideran como accidente de trabajo, aquellas enfermedades no incluidas en el artículo relativo a enfermedad profesional; siempre que la contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. 

DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS 

- Guía técnica del INSST para el desarrollo del Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

- Guía técnica del INSST para el desarrollo del Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.

- Guía clínica para el abordaje de la disfonía crónica en Medicina Primaria y Medicina del Trabajo. INSST. Año 2017.

- NPT 1.169: Modelo para la evaluación de la extremidad superior distal: índice compuesto e índice acumulativo. Año 2022.

- NPT 1.125: Modelo para la evaluación de la extremidad superior distal: «Revised strain index». Año 2018.

- NTP 1.148: Voz y trabajo formación para la prevención. INSST. Año 2020.

- NTP 1.149: Voz y trabajo procedimiento preventivo. INSST. Año 2020.

- NTP 1.116: Mantenimiento y vuelta al trabajo: procedimiento. INSST. Año 2018.

- NTP 702: El proceso de evaluación de los factores psicosociales. INSST. Año 2012.

- NTP 450: Factores psicosociales: fases para su evaluación. INSST. Año 1997.