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¿Cuáles son los criterios ergonómicos a tener en cuentan para la selección del equipo y mobiliario de trabajo?
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Vademecum: prevencion
Fecha última revisión: 22/07/2024
El Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, especifica las condiciones mínimas que deben reunir los equipos y mobiliario de trabajo para asegurar la ergonomía. Además, se deberán tener en cuenta normas UNE, guías del INSST, del Instituto Nacional de Silicosis, el Ministerio de Sanidad y las instituciones competentes en las comunidades autónomas. Estos criterios se aplican a la hora de seleccionar elementos de trabajo como: sillas de oficina, pantallas, teclados, mesas y accesorios ofimáticos, debe tenerse en cuenta la superficie libre por persona trabajadora y una posición cómoda para mover las piernas.
Como hemos adelantado al tratar las «obligaciones del empresario y disposiciones mínimas de seguridad en relación a las pantallas visualización de datos (PVD)» y «seguridad industrial en la prevención de riesgos laborales», el anexo del Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, establece las condiciones mínimas que deben reunir los equipos, condiciones poco explícitas en el caso del mobiliario, si bien se complementan con otros requisitos establecidos en la guía técnica del INSST.
En lo no especificado, se tendrán en cuenta, además, las normas UNE, las guías del INSST, del Instituto Nacional de Silicosis, del Ministerio de Sanidad y las instituciones competentes de las comunidades autónomas, las normas internacionales y, en ausencia de todas ellas, las guías de otras entidades de reconocido prestigio en la materia u otros métodos o criterios que proporcionen un nivel de confianza equivalente.
A la hora de determinar la superficie mínima libre por persona trabajadora en función de las características geométricas de los diferentes locales y de los elementos materiales existentes en los mismos se debe calcular la ratio de superficie libre por trabajador en el local de actividad mediante la fórmula: superficie total del local (superficie ocupada por todos los elementos materiales existentes) / número de trabajadores ocupantes.
A TENER EN CUENTA. El INSST dispone de una herramienta útil a estos efectos.
Criterios ergonómicos para la selección de sillas de oficina
La silla es un elemento más del mobiliario de oficina, y como tal debe estar acorde con el sistema de trabajo, y en especial, con el resto del mobiliario. A pesar de no existir un criterio de «silla ergonómica» universal, podemos especificar:
- Deberá ser estable, proporcionando al usuario libertad de movimiento y procurándole una postura confortable.
- Sus dimensiones serán suficientemente amplias para cambiar de postura sin obstáculos.
- Su altura deberá ser regulable y ajustable por pistón de gas.
- El respaldo tendrá prominencia lumbar suave y ser reclinable, con dispositivos para ajustar su altura e inclinación.
- Los mecanismos de ajuste serán fácilmente manejables en posición sentada y construidos a prueba de cambios no intencionados.
- La base será de cinco apoyos para dotar de estabilidad la silla.
- Las ruedas serán adecuadas al tipo de suelo existente.
- El recubrimiento del asiento será de material transpirable, preferible textil acolchado con espumas como base con cierta firmeza en el asiento y más blanda en el respaldo.
- Tendrá una inclinación cómoda.
- Los reposabrazos son convenientes, así como que tenga ruedas.
- Tras realizar los ajustes convenientes, se ha de poder adoptar una postura adecuada: apoyo completo de pies en el suelo, piernas en el asiento, espalda en el respaldo y brazos en el reposabrazos, sin sentir un relieve demasiado marcado.
El asiento responderá a las características siguientes:
- Regulable en altura (en posición sentado) margen ajuste entre 380 y 500 mm.
- Anchura entre 400-450 mm.
- Profundidad entre 380 y 420 mm.
- Acolchado de 20 mm, recubierto con tela flexible y transpirable.
- Borde anterior inclinado (gran radio de inclinación).
La elección del respaldo se hará en función de los existentes en el mercado, respaldos altos y/o respaldos bajos.
Un respaldo bajo debe ser regulable en altura e inclinación y conseguir el correcto apoyo de las vértebras lumbares. Las dimensiones serán las siguientes:
- Anchura 400-450 mm.
- Altura 250-300 mm.
- Ajuste en altura de 150-250 mm.
El respaldo alto debe permitir el apoyo lumbar y ser regulable en inclinación, con las siguientes características:
- Regulación de la inclinación hacia atrás: 15º.
- Anchura: 300-350 mm.
- Altura: 450-500 mm.
- Material igual al del asiento.
Las alturas del plano de trabajo recomendadas para trabajos sentados serán:
Fuente: NTP 242: Ergonomía: análisis ergonómico de los espacios de trabajo en oficinas. INSST. Año 1989.
DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
- NTP 1.129: Criterios ergonómicos para la selección de sillas de oficina. INSST. Año 2018.
- NTP 1.130: Criterios ergonómicos para regular correctamente la silla de oficina y otras sillas alternativas. INSST. Año 2018.
- Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con pantallas de visualización. INSST. Año 2021.
- UNE-EN 1021-1:2015: Mobiliario. Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado. Parte 1: Fuente de ignición: cigarrillo en combustión.
- UNE-EN 1021-2:2015: Mobiliario. Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado. Parte 2: Fuente de ignición: llama equivalente a una cerilla.
- UNE-EN 1335-1:2021+A1:2023. Mobiliario de oficina. Sillas de oficina. Parte 1: Dimensiones. Determinación de las dimensiones.
- UNE-EN 1335-2:2019: Mobiliario de oficina. Sillas de oficina. Parte 2: Requisitos de seguridad.
- UNE 89401-1:2021: Mobiliario de oficina. Materiales para mobiliario de oficina. Parte 1: Sillas de oficina.
- UNE-EN ISO 9241-5:1999: Requisitos ergonómicos para trabajos de oficina con pantallas de visualización de datos (PVD). Parte 5: Concepción del puesto de trabajo y exigencias posturales. (ISO 9241-5:1998).
Criterios ergonómicos para la selección de pantallas
En cuanto a los criterios ergonómicos para la selección de pantallas, es de aplicación a lo establecido sobre la utilización de equipos con pantallas de visualización de datos.
DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
- NTP 602: El diseño ergonómico del puesto de trabajo con pantallas de visualización: el equipo de trabajo. INSST. Año 2001
- Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con pantallas de visualización de datos. INSST. Año 2021.
- Manual para la evaluación y prevención de riesgos ergonómicos y psicosociales en PYME. INSST. Año 2003.
- Calculadora INSST de la superficie libre mínima por trabajador.
- Nota Práctica Erga Noticias 88: Pantallas de Visualización de Datos I. Mobiliario y equipo de trabajo. INSST. Año 2005.
- NTP 242: Ergonomía: análisis ergonómico de los espacios de trabajo en oficinas. INSST.
- UNE-EN ISO 9241-210:2019 (Ratificada) Ergonomía de la interacción hombre-sistema - Parte 210: Diseño centrado en el operador humano para los sistemas interactivos (ISO 9241-210:2019).
- UNE-EN 1023-1:1996 corregida por UNE-EN 1023-1:1996 ERRATUM:2006. Mobiliario de oficina. Biombos. Parte 1: Dimensiones.
- UNE-EN ISO 9241-302:2008. Ergonomía de la interacción hombre-sistema. Parte 302: Terminología para las pantallas de visualización electrónica (ISO 9241-302:2008).
- UNE-EN ISO 9241-303:2011. Ergonomía de la interacción hombre-sistema. Parte 303: Requisitos para las pantallas de visualización electrónica (ISO 9241-303:2011).
- UNE-EN ISO 9241-304:2008 (Ratificada). Ergonomía de la interacción hombre-sistema. Parte 304: Métodos de ensayo del comportamiento del usuario para las pantallas de visualización de datos electrónicas (ISO 9241-304:2008).
- UNE-EN ISO 9241-305:2008 (Ratificada). Ergonomía de la interacción hombre-sistema. Parte 305: Métodos de laboratorio ópticos para las pantallas de visualización de datos electrónicas (ISO 9241-305:2008).
- UNE-EN ISO 9241-307:2008 (Ratificada). Ergonomía de la interacción hombre-sistema. Parte 307: Análisis y métodos de ensayo de conformidad para las pantallas de visualización electrónica (ISO 9241-307:2008).
Criterios ergonómicos para la selección de teclado
El teclado es el principal dispositivo de introducción de datos, por lo que el requisito de movilidad e independencia respecto al resto del equipo resulta necesario para poder reubicarlo conforme a los cambios de postura del usuario.
Algunas características del teclado, como su altura, grosor e inclinación, pueden influir en la adopción de posturas incorrectas y originar trastornos en los usuarios, por lo que para evitarlos deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser inclinable e independiente de la pantalla para permitir que el trabajador adopte una postura cómoda que no provoque cansancio en los brazos o las manos, y suficientemente plano.
- Tendrá que haber espacio suficiente delante del teclado para que el usuario pueda apoyar los brazos y las manos: si el diseño incluye un soporte para las manos, su profundidad debe ser al menos de 10 cm; si no hay soporte, se deberá habilitar un espacio similar en la mesa delante del teclado. El reposamanos es muy importante para reducir la tensión estática en los brazos y la espalda del usuario.
- La superficie del teclado deberá ser mate para evitar los reflejos.
- La disposición del teclado y las características de las teclas deberán tender a facilitar su utilización y permitir un accionamiento cómodo y preciso.
- Los símbolos de las teclas deberán resaltar suficientemente y ser legibles desde la posición normal de trabajo. A ese fin y entre otras cosas, se recomienda la impresión de caracteres oscuros sobre fondo claro.
- Deberán incluir la letra ñ y los demás caracteres del idioma castellano, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 564/1993, de 16 de abril.
Fuente: NTP 242: Ergonomía: análisis ergonómico de los espacios de trabajo en oficinas. INSST. Año 1989.
Criterios ergonómicos para la selección de la mesa o superficie de trabajo
Deberá tener las dimensiones suficientes para que se puedan colocar con holgura los elementos de trabajo (pantalla, teclado, documentos y material accesorio). Concretamente:
- Debe quedar al menos una separación de 40 cm entre la pantalla y el usuario y espacio de al menos 10 cm entre el teclado y el borde de la mesa.
- La mesa ha de tener al menos 120 cm de anchura y 80 cm de profundidad si es rectangular, y si tiene otras formas tener al menos un área equivalente (0,96 m2).
- La altura superior del tablero ha de ser la adecuada, de entre 70,5 y 73,5 cm, para la pantalla del ordenador y las manos.
- Ha de tener un tamaño total que permita colocarla cómodamente en el lugar de trabajo, sin restar movilidad alrededor de ella.
- Es conveniente también que tenga acanaladuras para pasar y organizar el cableado.
- Si tiene cajones a los laterales, ha de comprobarse que son accesibles (tanto para abrir, cerrar, o alcanzar lo que haya en su interior) desde la posición sentada, han de ser seguros y protegidos contra su extracción completa involuntaria y el diseño de las asas o tiradores ha de ser tal que no se puedan atrapar los dedos.
Deberá haber espacio debajo de la mesa para permitir a los trabajadores una posición cómoda y mover las piernas con libertad (parámetros antropométricos):
- Si la mesa es ajustable en altura, el rango de ajuste debe acomodar a los usuarios de talla comprendida entre los percentiles 5 y 95, y si es de altura fija, el espacio previsto para los miembros inferiores debe alcanzar al percentil 95.
- Ese espacio debería ser de por lo menos 65 cm de altura en los primeros 20 cm de profundidad desde el borde de la mesa hacia dentro y 55 cm entre los 20 cm y los 45 cm de profundidad (para las piernas); y debería dejarse espacio adicional para los pies (12 cm de altura) hasta por lo menos 60 cm de profundidad.
- El soporte de los documentos deberá ser estable y regulable y estará colocado de tal modo que se reduzcan al mínimo los movimientos incómodos de la cabeza y los ojos.
- Los acabados superficiales del tablero serán poco reflectantes, en mate y en colores suaves (no demasiado claro ni oscuro).
- Las partes en contacto con el usuario deberán tener baja transmisión térmica y estar libres de aristas o esquinas agudas.
- Otras características deseables: ser estable para soportar el peso del equipo o del apoyo de una persona sin moverse y posibilidad de ajuste en altura.
DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
- NTP 1.129: Criterios ergonómicos para la selección de sillas de oficina. INSST. Año 2018.
- NTP 1.130: Criterios ergonómicos para regular correctamente la silla de oficina y otras sillas alternativas. INSST. Año 2018.
- Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con pantallas de visualización. INSST. Año 2021.
- UNE-EN 527-1:2011. Mobiliario de oficina. Mesas de trabajo y escritorios. Parte 1: Dimensiones.
- UNE-EN 527-2:2017+A1:2019. Mobiliario de oficina. Mesas de trabajo. Parte 2: Requisitos de seguridad, resistencia y durabilidad.
- UNE-EN 16139:2013. Mobiliario. Resistencia, durabilidad y seguridad. Requisitos para asientos de uso no doméstico.
- UNE-EN 1023-2:2001 corregida por UNE-EN 1023-2:2001 ERRATUM:2006. Mobiliario de oficina. Biombos. Parte 2: Requisitos de seguridad mecánica.
Criterios ergonómicos para la selección de accesorios ofimáticos y su colocación
1. Ratón
No todos los ratones están pensados o diseñados para adaptarse a las características físicas de las personas y ser usados por largos períodos de tiempo. Para que un ratón pueda ser considerado ergonómico:
- Deberá tener un diseño que se adapte a la curvatura de la mano, permitiendo un accionamiento cómodo.
- El movimiento del cursor en la pantalla deberá adaptarse al que se realiza con el ratón.
- El movimiento por la superficie sobre la que se desliza debe resultar fácil y utilizarse tan cerca del lado del teclado como sea posible.
- Deberá sujetarse entre el pulgar y el cuarto y quinto dedos, mientras que el segundo y el tercero descansan ligeramente sobre los botones del ratón.
- Deberá permitir el apoyo de parte de los dedos, mano o muñeca en la mesa de trabajo, favoreciendo así la precisión en su manejo, y mantener la muñeca recta.
- Deberá ser adecuado tanto para zurdos como para diestros.
2. Reposapiés
Se pondrá a disposición de quienes lo deseen y siempre que la mesa no sea de altura regulable y la altura del asiento no permita al usuario descansar los pies en el suelo, el reposapiés adecuado, que deberá cumplir las siguientes características:
- Dimensiones: inclinación ajustable entre 0º-15º sobre el plano horizontal, 45 cm de ancho (mínimo) y 35 cm de longitud (mínimo).
- Superficies antideslizantes en la zona superior y en el apoyo en el suelo.
- La superficie de apoyo debe asegurar la correcta situación de los pies; las características serán:
- Anchura 400 mm.
- Profundidad 400 mm.
- Altura 50-250 mm.
- Inclinación 10º.
- Es aconsejable que la superficie de apoyo de los pies sea de material antideslizante.
3. Portadocumentos o atril
Se recomienda la utilización de un portadocumentos cuando sea necesario trabajar de manera habitual con documentos impresos, ya que permite colocarlos a una altura y distancia similares a las de la pantalla, reduciendo los esfuerzos de acomodación visual y los movimientos de giro de la cabeza:
- Debe ser ajustable en altura, inclinación y distancia.
- El soporte donde descansa el documento debe ser opaco y con una superficie de baja reflectancia.
- Debe tener resistencia suficiente para soportar el peso de los documentos sin oscilaciones.
- Será posible colocarlo a la derecha o a la izquierda, para diestros y zurdos.
4. Reposamuñecas
El reposamuñecas reduce la carga estática de los miembros superiores y favorece la alineación correcta de la muñeca mientras se trabaja:
- La correcta alineación se consigue cuando el antebrazo, la muñeca y la mano forman una línea recta.
- Debe ser estable en su uso, evitando que se deslice.
- Su altura debe ser como la del teclado o la adecuada para el trabajo.
- Sus bordes no serán cortantes.
- Profundidad estar entre 5-10 cm.
- Su superficie deberá coincidir con la altura del teclado y no impedir el acceso al teclado o la postura más cómoda del usuario.
DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
- NTP 602: El diseño ergonómico del puesto de trabajo con pantallas de visualización: el equipo de trabajo.
- NTP 1129: Criterios ergonómicos para la selección de sillas de oficina. INSST. Año 2018.
- NTP 1130: Criterios ergonómicos para regular correctamente la silla de oficina y otras sillas alternativas. INSST. Año 2018.
- Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con pantallas de visualización. INSST. Año 2021.
- UNE-EN 527-2:2017+A1:2019. Mobiliario de oficina. Mesas de trabajo. Parte 2: Requisitos de seguridad, resistencia y durabilidad.
- UNE-EN 1335-2:2019. Mobiliario de oficina. Sillas de oficina. Parte 2: Requisitos de seguridad.
- UNE-EN 16139:2013. Mobiliario. Resistencia, durabilidad y seguridad. Requisitos para asientos de uso no doméstico.