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910 - ¿Cómo se pueden clasificar los equipos de protección individual de las personas trabajadoras en materia de prevención de riesgos?
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Fecha última revisión: 21/05/2024
La evaluación de la conformidad de los EPI depende de la categoría de riesgo a la que pertenezcan, atendiendo al apartado correspondiente del Reglamento (UE) 2016/425. Pueden realizarse los módulos A, B, C, C2, o D para obtener la conformidad con el tipo. El módulo A corresponde al control interno de la producción, el B al examen UE de Tipo, el C al control interno de la producción para la conformidad con el tipo, el C2 al control supervisado de producto a intervalos aleatorios y el D al aseguramiento de la calidad del proceso de producción.ción.
Los equipos de protección individual se clasifican en tres categorías en función del nivel de protección y de los certificados que obtienen:
Categoría I. EPI para riesgo sencillo. Proporcionan protección contra (a modo de ejemplo):
| Categoría II. EPI de protección media. Proporcione protección intermedia (a modo de ejemplo):
| Categoría III. EPI de protección contra todo peligro mortal o que pueda dañar gravemente.
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Autocertificados por el fabricante. | Certificados tras superar el examen CE de tipo. | Certificados tras superar el examen CE de tipo y someter la producción a control de calidad (producto final o producción vigilada). |
Marcado CE. | Marcado CE. | Marcado CE + N.º del organismo notificado para la evaluación de conformidad del sistema de calidad. |
Como hemos adelantado, dependiendo de la categoría de riesgo, el procedimiento de evaluación de la conformidad de cada EPI será distinto atendiendo al apartado correspondiente del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016:
- Categoría I: control interno de la producción (módulo A) a tenor del anexo IV.
- Categoría II: examen UE de tipo (módulo B) a tenor del anexo V, seguido de la conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción (módulo C) a tenor del anexo VI.
- Categoría III: examen UE de tipo (módulo B) a tenor del anexo V, y cualquiera de las opciones siguientes:
- Conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más un control supervisado de producto a intervalos aleatorios (módulo C2) a tenor del anexo VII.
- Conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D) a tenor del anexo VIII.
A TENER EN CUENTA. El Reglamento (UE) 2016/425 es el resultado de adaptar la Directiva 89/686/CEE al nuevo marco legislativo (NLF) establecido por la Decisión n.º 768/2008/CE y el Reglamento (CE) n.º 765/2008. Este reglamento establece que si un EPI se ha puesto en mercado con la normativa anterior al 21 de abril de 2019, podrá seguir comercializándose hasta el 21 de abril de 2023.
CUESTIONES
1. A modo de ejemplo, ¿contra qué riesgos protegen los EPI de categoría I?
Algunos ejemplos de EPI de categoría I que tienen por finalidad proteger al usuario de riesgos mínimos son:
- Guantes de jardinería: protegen al usuario de agresiones mecánicas cuyos efectos son superficiales.
- Delantales de uso profesional: protegen al usuario ante la manipulación de piezas calientes que no supongan exposición a temperaturas superiores a los 50.º C.
2. A modo de ejemplo, ¿contra qué riesgos protegen los EPI de categoría III?
Algunos ejemplos de EPI de categoría III que tienen por finalidad proteger al usuario de riesgos mortales o irreversibles son:
- Equipos de protección respiratoria filtrantes: protegen al usuario contra los aerosoles sólidos y líquidos o contra los gases irritantes, peligrosos, tóxicos o radio tóxicos.
- Equipos de intervención en ambientes fríos: protegen al usuario frente a una temperatura ambiental igual o inferior a -50.º C.
3. ¿Cuál es la vida útil o plazo de caducidad de un EPI?
El manual de uso de cada equipo permitirá conocer las especificaciones de caducidad y realizar las revisiones y sustituciones necesarias. A modo de ej. de la vida útil recomendada para algunos EPI:
- Calzado de seguridad (UNE-EN ISO 20345:2022):
- 10 años después de la fecha de fabricación para calzados de piel, goma, materiales termoplásticos y EVA.
- 5 años después de la fecha de fabricación para calzado que incluya PVC.
- 4 años después de la fecha de fabricación para calzado que incluya PU y TPU.
- Guantes de protección: no establecida, depende del estado de conservación.
- Guantes de material aislante: 6 meses a partir de la fecha de fabricación (UNE-EN 60903:2005).
- Material anticaída: 10 años desde la fecha de fabricación de los mismos, o de cinco años desde la fecha de primer uso (UNE-EN 365:2005).