chevron_leftchevron_right
chevron_leftchevron_right
Última revisión
prevencion
Esquema sobre el marcado CE, certificación, evaluación de la conformidad y procedimientos de vigilancia de los EPI [reglamento UE) 2016/425]
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Legislación
Vademecum: prevencion
Fecha última revisión: 23/08/2024
Resumen:
Los fabricantes de equipos de protección individual (EPI) deben cumplir con los requisitos esenciales establecidos en el Anexo II y el marcado CE aplicables al Reglamento (UE) 2016/425. Deben elaborar una documentación técnica y una declaración UE de conformidad donde conste que cumplen los requisitos esenciales de salud y seguridad, así como los procedimientos de evaluación de la conformidad y vigilancia aplicables. Los EPI deben ir acompañados de la información indicada en el Anexo III.