Medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2016
F. entrada en vigor: 22/12/2013
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 305
F. Publicación: 21/12/2013
Preambulo
Artículo 1. Fomento del trabajo a tiempo parcial y de la flexibilidad en el tiempo de trabajo.
Artículo 2. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo parcial.
Artículo 3. Contratos de trabajo en prácticas por las empresas de trabajo temporal.
Artículo 4. Concreción del requisito de procedencia de otro sector de actividad en los incentivos por la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
Artículo 5. Concepto de grupo de empresas a efectos de las aportaciones económicas por despidos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años en empresas con beneficios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Reducción del tipo de cotización por desempleo en los contratos de duración determinada a tiempo parcial.
D.A. 2ª. Cuantía de la base mínima de cotización para determinados trabajadores autónomos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen aplicable a los contratos vigentes.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Alcance de la derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Ampliación del plazo que permite efectuar contratos para la formación y el aprendizaje no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación.
D.F. 3ª. Conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
D.F. 4ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
D.F. 5ª. Modificación del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
D.F. 6ª. Modificación del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
D.F. 7ª. Modificaciones de normas reglamentarias.
D.F. 8ª. Ordenación de los incentivos a la contratación.
D.F. 9ª. Habilitación normativa.
D.F. 10ª. Entrada en vigor.