Salario mínimo interprofesional para 2020
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021
F. entrada en vigor: 06/02/2020
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMIA SOCIAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 31
F. Publicación: 05/02/2020
Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.
Artículo 2. Complementos salariales.
Artículo 3. Compensación y absorción.
Artículo 4. Trabajadores eventuales y temporeros y empleados de hogar.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Reglas de afectación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional a las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución.
D.F. 3ª. Entrada en vigor y periodo de vigencia.