disposiciones minimas de seguridad y salud en el trabajo en el ambito de las empresas de trabajo temporal
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Febrero de 1999
F. entrada en vigor: 24/02/1999
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 47
F. Publicación: 24/02/1999
Preambulo
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Disposiciones relativas a la celebración del contrato de puesta a disposición.
Artículo 3. Disposiciones relativas a la celebración del contrato de trabajo.
Artículo 4. Obligaciones de la empresa usuaria previas al inicio de la prestación de servicios del trabajador.
Artículo 5. Obligaciones de la empresa usuaria desde el inicio de la prestación de servicios del trabajador.
Artículo 6. Disposiciones relativas a la organización de las actividades preventivas en la empresa de trabajo temporal y en la empresa usuaria.
Artículo 7. Documentación.
Artículo 8. Actividades y trabajos de especial peligrosidad.