Desarrollo del TRLGSS en cuanto a la anticipación de la jubilación de personas trabajadoras con discapacidad igual o superior al 45%
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Junio de 2023
F. entrada en vigor: 01/01/2010
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 307
F. Publicación: 22/12/2009
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Discapacidades que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación.
Artículo 3. Edad mínima de jubilación.
Artículo 4. Cómputo del tiempo trabajado.
Artículo 5. Acreditación de la discapacidad.
Artículo 6. Situación de alta o asimilada.
Artículo 7. Cálculo de la pensión de jubilación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Derecho de opción.
D.A. 2ª. Evaluación y seguimiento.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
D.F. 4ª. Procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad.
ANEXO. Discapacidades que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación