Salario mínimo interprofesional para 2019
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Diciembre de 2018
F. entrada en vigor: 28/12/2018
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 312
F. Publicación: 27/12/2018
Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.
Artículo 2. Complementos salariales.
Artículo 3. Compensación y absorción.
Artículo 4. Trabajadores eventuales y temporeros y empleados de hogar.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Reglas de afectación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional a las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para la aplicación y desarrollo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor y periodo de vigencia.