LEY 570 Evicción 570 eviccion eviccion Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Evicción
En caso de producirse la evicción de la cosa vendida, el vendedor deberá indemnizar al comprador todo menoscabo patrimonial sufrido por éste a consecuencia de la evicción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973