LEY 526 Mandato de crédito 526 mandato de credito mandato Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Mandato de crédito
Quien manda a otro que preste una cantidad o conceda un crédito a un tercero se hace fiador de la obligación contraída por éste. El mandatario podrá liberarse del mandato si las condiciones patrimoniales del mandante o del tercero se hubieren hecho tales que resulte más difícil la satisfacción de la deuda.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973