LEY 455 Pluralidad de retrayentes 455 pluralidad de retrayentes pluralidad Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Pluralidad de retrayentes
Si concurrieren al retracto parientes de grado distinto, será preferido el más próximo; en igualdad de grado, tendrá prelación el ascendiente, y en la línea colateral, el entroncado en ascendiente anterior. En ambos casos será preferido, en igualdad de condiciones, el pariente de más edad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973