LEY 401 Modificación de servidumbre 401 modificacion de servidumbre modificacion Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Modificación de servidumbre
El propietario de la finca gravada por la servidumbre no puede perjudicar el uso de la misma, pero podrá solicitar por vía judicial la variación de su forma cuando necesite razonablemente de la plena disposición de la parte de la finca afectada por la servidumbre, siempre que no cause perjuicio al titular de ésta.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973