Medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos del COVID-19
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Septiembre de 2021
F. entrada en vigor: 13/04/2021
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 88
F. Publicación: 13/04/2021
PREÁMBULO
Artículo 1. Mantenimiento de actividad y del empleo en centros sanitarios y sociales.
Artículo 2. Medidas extraordinarias para la protección del empleo.
Artículo 3. Medidas extraordinarias de desarrollo del artículo 25 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, para agilizar la tramitación y abono de prestaciones por desempleo.
Artículo 4. Medida extraordinaria aplicable a las sociedades cooperativas para la adopción de acuerdos en los procedimientos de suspensión total y/o parcial, en los términos previstos en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
Artículo 5. Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Limitación de la duración de los expedientes temporales de regulación de empleo basados en las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
D.A. 2ª. Régimen sancionador y reintegro de prestaciones indebidas.
D.A. 3ª. Fecha de efectos de las prestaciones por desempleo derivadas de los procedimientos basados en las causas referidas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
D.A. 4ª. Colaboración de la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
D.F. 2ª. Entrada en vigor y vigencia.