Ley 158 c11pto cpto Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»LEY 158
Vigente
Concepto
Son donaciones «inter vivos» las que se hacen sin consideración a la muerte del donante.
Donaciones supeditadas a la muerte de un tercero. Las donaciones que se supeditan a la muerte de un tercero se consideran como donaciones «inter vivos» bajo condición.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY FORAL 21/2019, de 4 de abril, de modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo.
(BON de 16-04-2019) en vigor desde 16-10-2019