PGE 2021
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Septiembre de 2023
F. entrada en vigor: 01/01/2021
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 341
F. Publicación: 31/12/2020
PREÁMBULO
TÍTULO I. De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones
CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 2.1 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de las entidades referidas en la letra a) del artículo 1 de la presente Ley con presupuesto limitativo.
Artículo 3. De los beneficios fiscales.
Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley.
Artículo 5. De los presupuestos de las entidades referidas en la letra b) del artículo 1 de esta Ley, con presupuesto estimativo.
Artículo 6. Presupuesto del Banco de España.
CAPÍTULO II. Normas de modificación y ejecución de créditos presupuestarios
Artículo 7. Principios generales.
Artículo 8. Créditos vinculantes.
Artículo 9. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias.
Artículo 10. De las limitaciones presupuestarias.
Artículo 11. De las ampliaciones e incorporaciones de crédito.
CAPÍTULO III. De la Seguridad Social
Artículo 12. De la Seguridad Social.
TÍTULO II. De la gestión presupuestaria
CAPÍTULO I. De la gestión de los presupuestos docentes
Artículo 13. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.
Artículo 14. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
CAPÍTULO II. De la gestión presupuestaria de la Sanidad y de los Servicios Sociales
Artículo 15. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Artículo 16. Aplicación de remanentes de Tesorería en el Presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
CAPÍTULO III. Otras normas de gestión presupuestaria
Artículo 17. Agencia Estatal de Administración Tributaria.
TÍTULO III. De los gastos de personal
CAPÍTULO I. De los gastos del personal al servicio del sector público
Artículo 18. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
Artículo 19. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público.
CAPÍTULO II. De los regímenes retributivos
Artículo 20. Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo.
Artículo 21. Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas.
Artículo 22. Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la disposición final cuarta del EBEP.
Artículo 23. Personal laboral del sector público estatal.
Artículo 24. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.
Artículo 25. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Artículo 26. Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía.
Artículo 27. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
Artículo 28. Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario.
CAPÍTULO III. Otras disposiciones en materia de régimen del personal activo
Artículo 29. Prohibición de ingresos atípicos.
Artículo 30. Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación.
Artículo 31. Otras normas comunes.
Artículo 32. Determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario.
Artículo 33. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
Artículo 34. Competencia del Ministerio de Hacienda en materia de costes del personal al servicio del sector público en el ámbito de la negociación colectiva.
TÍTULO IV. De las pensiones públicas
CAPÍTULO I. Revalorización de pensiones
Artículo 35. Revalorización de pensiones.
CAPÍTULO II. Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado y de las especiales de guerra
Artículo 36. Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Artículo 37. Determinación inicial de las pensiones especiales de guerra.
CAPÍTULO III. Limitaciones en el señalamiento inicial de las pensiones públicas
Artículo 38. Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas.
CAPÍTULO IV. Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas
Artículo 39. Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas.
Artículo 40. Pensiones no revalorizables.
Artículo 41. Limitación del importe de la revalorización de las pensiones públicas.
CAPÍTULO V. Complementos por mínimos
Artículo 42. Reconocimiento de complementos por mínimos en las pensiones de Clases Pasivas.
Artículo 43. Reconocimiento de los complementos por mínimos en las pensiones de la Seguridad Social.
CAPÍTULO VI. Otras disposiciones en materia de pensiones públicas
Artículo 44. Revalorización de las pensiones no contributivas y otras prestaciones de la Seguridad Social.
Artículo 45. Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
TÍTULO V. De las operaciones financieras
CAPÍTULO I. Deuda Pública
Artículo 46. Deuda Pública.
Artículo 47. Operaciones de crédito autorizadas a organismos y entidades integrantes del sector público institucional estatal.
Artículo 48. Información de la evolución de la Deuda del Estado al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y al Congreso de los Diputados y al Senado; y de las cuentas abiertas por el Tesoro en el Banco de España o en otras entidades financieras al Congreso de los Diputados y al Senado.
Artículo 49. Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
CAPÍTULO II. Avales Públicos y Otras Garantías
Artículo 50. Importe de los Avales del Estado.
Artículo 51. Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.
Artículo 52. Información sobre avales públicos otorgados
CAPÍTULO III. Relaciones del Estado con el Instituto de Crédito Oficial
Artículo 53. Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE).
Artículo 54. Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS).
Artículo 55. Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM).
Artículo 56. Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial.
Artículo 57. Adquisición de acciones y participaciones de Instituciones Financieras Multilaterales.
TÍTULO VI. Normas Tributarias
CAPÍTULO I. Impuestos Directos
SECCIÓN 1.ª Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 58. Escala general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Artículo 59. Tipos de gravamen del ahorro en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Artículo 60. Escala de retenciones e ingresos a cuenta aplicable a los perceptores de rentas del trabajo.
Artículo 61. Escalas aplicables a los trabajadores desplazados a territorio español.
Artículo 62. Límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
Artículo 63. Prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
SECCIÓN 2.ª Impuesto sobre la Renta de no Residentes
Artículo 64. Rentas exentas.
SECCIÓN 3.ª Impuesto sobre Sociedades
Artículo 65. Limitación de la exención sobre dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.
SECCIÓN 4.ª Impuesto sobre el Patrimonio
Artículo 66. Escala de gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.
SECCIÓN 5.ª Impuestos Locales
Artículo 67. Impuesto sobre Actividades Económicas.
CAPÍTULO II. Impuestos Indirectos
SECCIÓN 1.ª Impuesto sobre el Valor Añadido
Artículo 68. Lugar de realización de determinadas prestaciones de servicios.
Artículo 69. Tipos impositivos reducidos.
Artículo 70. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el ejercicio 2021.
SECCIÓN 2.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Artículo 71. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
SECCIÓN 3.ª Impuestos Especiales.
Artículo 72. Impuesto Especial sobre la Electricidad.
SECCIÓN 4.ª Impuesto sobre las Primas de Seguros
Artículo 73. Tipo de gravamen del Impuesto sobre las Primas de Seguros.
CAPÍTULO III. Otros tributos
Artículo 74. Tasas.
Artículo 75. Tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
Artículo 76. Tasa por licencia de empresa ferroviaria.
Artículo 77. Tasa por otorgamiento de autorización de seguridad y certificado de seguridad.
Artículo 78. Tasa por homologación de centros, certificación de entidades y material rodante, otorgamiento de títulos y autorizaciones de entrada en servicio.
Artículo 79. Tasa por la prestación de servicios y realización de actividades en materia de seguridad ferroviaria.
Artículo 80. Cánones ferroviarios.
Artículo 81. Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía.
Artículo 82. Coeficientes correctores de aplicación a las tasas del buque, del pasaje y de la mercancía en los puertos de interés general.
Artículo 83. Coeficientes correctores de aplicación a la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques.
Artículo 84. Revisión de las tasas aplicables al sistema portuario de interés general.
TÍTULO VII. De los Entes Territoriales
CAPÍTULO I. Entidades Locales
SECCIÓN 1.ª Revisión cuatrienal del ámbito subjetivo de aplicación de los modelos de financiación
Artículo 85. Regla general.
Artículo 86. Determinación del Fondo Complementario de Financiación del año base 2004 de los municipios que se incluirán por vez primera en el modelo de cesión de recaudación de impuestos del Estado.
Artículo 87. Determinación de la participación total en los tributos del Estado del año base 2004 de todos los municipios no incluidos el 1 de enero de 2020 en el modelo de cesión de la recaudación de impuestos estatales.
SECCIÓN 2.ª Liquidación definitiva de la participación en tributos del Estado correspondiente al año 2019
Artículo 88. Régimen jurídico y saldos deudores.
SECCIÓN 3.ª Cesión a favor de los municipios de la recaudación de impuestos estatales en el año 2021
Artículo 89. Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Artículo 90. Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Artículo 91. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Artículo 92. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
SECCIÓN 4.ª Participación de los municipios en los tributos del Estado
SUBSECCIÓN 1.ª Participación de los municipios en el Fondo Complementario de Financiación
Artículo 93. Determinación de las entregas a cuenta.
Artículo 94. Liquidación definitiva.
SUBSECCIÓN 2.ª Participación del resto de municipios
Artículo 95. Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2021.
Artículo 96. Entregas a cuenta.
SECCIÓN 5.ª Cesión a favor de las provincias, comunidades autónomas uniprovinciales, cabildos y consejos insulares, de la recaudación de impuestos estatales
Artículo 97. Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Artículo 98. Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Artículo 99. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Artículo 100. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
SECCIÓN 6.ª Participación de las provincias, comunidades autónomas uniprovinciales y consejos y cabildos insulares en los tributos del Estado
SUBSECCIÓN 1.ª Participación en el Fondo Complementario de Financiación
Artículo 101. Determinación de las entregas a cuenta.
Artículo 102. Liquidación definitiva.
SUBSECCIÓN 2.ª Participación en el Fondo de Aportación a la Asistencia Sanitaria
Artículo 103. Determinación de las entregas a cuenta.
Artículo 104. Liquidación definitiva.
SECCIÓN 7.ª Regímenes especiales
Artículo 105. Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado.
Artículo 106. Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado.
Artículo 107. Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado.
SECCIÓN 8.ª Compensaciones, subvenciones y ayudas
Artículo 108. Compensación a los Ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales.
Artículo 109. Otras compensaciones y subvenciones a las Entidades locales.
Artículo 110. Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales.
SECCIÓN 9.ª Normas instrumentales en relación con las disposiciones incluidas en este capítulo
Artículo 111. Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las entidades locales.
Artículo 112. Información a suministrar por las Corporaciones locales.
Artículo 113. Retenciones a practicar a las Entidades locales en aplicación de la disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
CAPÍTULO II. Comunidades Autónomas
Artículo 114. Entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia Global.
Artículo 115. Liquidación definitiva de los recursos del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y participación en los Fondos de Convergencia.
Artículo 116. Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados.
Artículo 117. Dotación adicional de recursos para las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla.
Artículo 118. Fondos de Compensación Interterritorial.
TÍTULO VIII. Cotizaciones Sociales
Artículo 119. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2021.
Artículo 120. Cotización a derechos pasivos y a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2021.
DISPOSICIONES ADICIONALES
I
D.A. 1ª. Concesión de subvenciones o suscripción de convenios con Comunidades Autónomas.
D.A. 2ª. Préstamos y anticipos financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
D.A. 3ª. Imputación de las operaciones de gasto del presupuesto prorrogado a los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2021.
D.A. 4ª. Préstamos y anticipos de la política de investigación, desarrollo, innovación y digitalización.
D.A. 5ª. Préstamos del Estado a la Tesorería General de la Seguridad Social.
D.A. 6ª. Absorción Fondos FEDER.
D.A. 7ª. Fondo de ayuda para Personas más Desfavorecidas (FEAD).
D.A. 8ª. Traspaso del remanente de tesorería afectado al remanente de libre disposición del organismo autónomo Instituto Nacional de Administración Pública.
D.A. 9ª. Generación de crédito destinada a la atención de gastos de acuñación, retirada y desmonetización de moneda metálica financiada con los ingresos procedentes de la emisión y puesta en circulación de moneda metálica.
D.A. 10ª. Reintegro de ayudas para la Formación del Profesorado Universitario.
D.A. 11ª. Reintegro de becas y ayudas al estudio personalizadas.
D.A. 12ª. Reintegro de subvenciones financiadas con los créditos asociados a la política 46 «Investigación, desarrollo, innovación y digitalización».
D.A. 13ª. Generación de crédito en atención a ingresos por la tasa por la gestión administrativa del juego.
D.A. 14ª. Subvenciones estatales anuales para gastos de funcionamiento y de seguridad de partidos políticos para 2021.
D.A. 15ª. Apoyo financiero a las actuaciones en Parques Científicos y Tecnológicos.
D.A. 16ª. Porcentaje de afectación a fines de los recursos obtenidos por la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
II
D.A. 17ª. Militares de tropa y marinería.
D.A. 18ª. Oferta de Empleo Público para el acceso a las carreras judicial y fiscal.
D.A. 19ª. Personal docente en los Centros Universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil.
D.A. 20ª. Contratación de personal de las sociedades mercantiles públicas y las entidades públicas empresariales.
D.A. 21ª. Contratación de personal de fundaciones del sector público.
D.A. 22ª. Contratación de personal de los consorcios del sector público.
D.A. 23ª. Procesos de estabilización al amparo del artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
D.A. 24ª. Modificaciones de las plantillas de personal estatutario de los Centros y Servicios sanitarios de organismos dependientes de la Administración General del Estado.
D.A. 25ª. Personal directivo del Sector Público Estatal.
D.A. 26ª. Aplicación de las disposiciones adicionales vigésimo novena y trigésima segunda de la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para 2018 a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre S.M.E., S.A.
D.A. 27ª. Consorcio de la ciudad de Cuenca.
D.A. 28ª. Módulos para la compensación económica por la actuación de Jueces de Paz y Secretarios de Juzgados de Paz.
D.A. 29ª. Régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales.
D.A. 30ª. Retribuciones del personal de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y de sus centros mancomunados.
D.A. 31ª. Paga extraordinaria de los miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal.
D.A. 32ª. Incentivos al rendimiento de las Agencias Estatales.
D.A. 33ª. Indemnizaciones por razón del servicio del personal destinado en el extranjero.
D.A. 34ª. Limitación del gasto en la Administración General del Estado.
D.A. 35ª. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012.
D.A. 36ª. Restablecimiento de las retribuciones minoradas en cuantías no previstas en las normas básicas del Estado.
D.A. 37ª. Contratación de seguros de responsabilidad civil.
D.A. 38ª. Vinculación presupuestaria de la masa salarial del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
D.A. 39ª. Ámbito subjetivo de la formación para el empleo en las Administraciones públicas.
D.A. 40ª. Promoción de fondos de pensiones públicos de empleo.
III
D.A. 41ª. Prestaciones familiares de la Seguridad Social.
D.A. 42ª. Subsidios económicos contemplados en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y pensiones asistenciales.
D.A. 43ª. Revalorización de prestaciones de gran invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
D.A. 44ª. Actualización de la cuantía de la prestación económica establecida por la Ley 3/2005, de 18 de marzo.
D.A. 45ª. Ayudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).
D.A. 46ª. Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y otras prestaciones públicas en el año 2021.
D.A. 47ª. Aplazamiento de la aplicación de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
D.A. 48ª. Suspensión del artículo 58 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y del artículo 27 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.
IV
D.A. 49ª. Interés legal del dinero.
D.A. 50ª. Endeudamiento de la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad.
D.A. 51ª. Autorización del recurso de endeudamiento a la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
D.A. 52ª. Garantía del Estado para obras de interés cultural.
D.A. 53ª. Autorización para la formalización de garantías.
D.A. 54ª. Autorización para la formalización de garantías a Renfe Operadora E.P.E y las sociedades de su grupo empresarial.
D.A. 55ª. Cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española.
D.A. 56ª. Dotación de los fondos de fomento a la inversión española con interés español en el exterior.
D.A. 57ª. Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva.
D.A. 58ª. Apoyo financiero para favorecer la financiación de las empresas pesqueras.
D.A. 59ª. Apoyo financiero a empresas de base tecnológica. Préstamos participativos.
D.A. 60ª. Apoyo financiero a jóvenes emprendedores.
D.A. 61ª. Apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas.
D.A. 62ª. Apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas del sector agroalimentario.
D.A. 63ª. Apoyo financiero a emprendedoras digitales y empresas emergentes - Agenda Digital 2025.
D.A. 64ª. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro.
D.A. 65ª. Condonación de varios préstamos ligados a la posesión de una renta futura para realizar estudios de posgrado autorizados de acuerdo con las órdenes CIN/2940/2008, de 14 de octubre y EDU/3108/2009, de 17 de noviembre.
V
D.A. 66ª. Actividades prioritarias de mecenazgo.
D.A. 67ª. Beneficios fiscales aplicables a los «Bicentenarios de la independencia de las Repúblicas Iberoamericanas».
D.A. 68ª. Beneficios fiscales aplicables al «150 Aniversario de creación de la Academia de España en Roma».
D.A. 69ª. Beneficios fiscales aplicables a la conmemoración del «125 aniversario de la Asociación de Prensa de Madrid».
D.A. 70ª. Beneficios fiscales aplicables a la celebración del Summit «MADBLUE».
D.A. 71ª. Beneficios fiscales aplicables al evento «30 Aniversario de la Escuela Superior de Música Reina Sofía».
D.A. 72ª. Beneficios fiscales aplicables al evento «Año Santo Guadalupense 2021».
D.A. 73ª. Beneficios fiscales aplicables al «Andalucía Valderrama Masters 2022/2024».
D.A. 74ª. Beneficios fiscales aplicables al «Torneo Davis Cup Madrid».
D.A. 75ª. Beneficios fiscales aplicables a «MADRID HORSE WEEK 21/23».
D.A. 76ª. Beneficios fiscales aplicables al «Centenario del Rugby en España y de la Unió Esportiva Santboiana».
D.A. 77ª. Beneficios fiscales aplicables al «Solheim Cup 2023».
D.A. 78ª. Beneficios fiscales aplicables al evento «IX Centenario de la Reconquista de Sigüenza».
D.A. 79ª. Beneficios fiscales aplicables a «Barcelona Mobile World Capital».
D.A. 80ª. Beneficios fiscales aplicables a la celebración de «Valencia, Capital Mundial del Diseño 2022/Valencia World Design Capital 2022».
D.A. 81ª. Beneficios fiscales aplicables al «Cincuenta aniversario de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)».
D.A. 82ª. Beneficios fiscales aplicables al «Centenario de Revista de Occidente»
D.A. 83ª. Beneficios fiscales aplicables al «50 aniversario del fallecimiento de Clara Campoamor. 90 años del inicio de una democracia plena».
D.A. 84ª. Beneficios fiscales aplicables al evento «V Centenario del fallecimiento de Elio Antonio de Nebrija».
D.A. 85ª. Beneficios fiscales aplicables al programa «Nuevas Metas II».
D.A. 86ª. Beneficios fiscales aplicables a la conmemoración del «250 aniversario del Museo Nacional de Ciencias Naturales (CSIC-MNCN)».
D.A. 87ª. Beneficios fiscales aplicables al programa «Andalucía Región Europea del Deporte 2021».
D.A. 88ª. Beneficios fiscales aplicables al «75 aniversario de la Ópera en Oviedo».
D.A. 89ª. Beneficios fiscales aplicables al proyecto «Hábitos Saludables para el control del riesgo Cardiovascular «Aprender a cuidarnos»».
D.A. 90ª. Beneficios fiscales aplicables a los «Mundiales Bádminton España».
D.A. 91ª. Beneficios fiscales aplicables al «Centenario de la Batalla de Covadonga-Cuadonga».
D.A. 92ª. Beneficios fiscales aplicables al Programa «VII Centenario de la Catedral de Palencia 2021-2022».
D.A. 93ª. Beneficios fiscales aplicables a «FITUR especial: recuperación turismo».
D.A. 94ª. Beneficios fiscales aplicables al «Programa Deporte Inclusivo II.»
D.A. 95ª. Beneficios fiscales aplicables al evento «Valencia 2020-2021, Año Jubilar. Camino del Santo Cáliz».
D.A. 96ª. Beneficios fiscales aplicables a «Enfermedades Neurodegenerativas. Año Internacional de la Investigación e Innovación. Período 2021-2022».
D.A. 97ª. Beneficios fiscales aplicables al Acontecimiento «50 aniversario del Hospital Sant Joan de Deu».
D.A. 98ª. Tasa de supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal.
D.A. 99ª. Actualización de los precios básicos del canon de control de vertidos.
VI
D.A. 100ª. Fondo de cohesión sanitaria y Fondo de Garantía Asistencial.
D.A. 101ª. Transferencia a la Comunidad Autónoma del País Vasco de los terrenos ocupados por la central nuclear de Lemóniz.
D.A. 102ª. Transmisión de bienes inmuebles.
D.A. 103ª. Asignación de cantidades a actividades de interés general consideradas de interés social.
D.A. 104ª. Autorización de pagos a cuenta por los servicios de cercanías y regionales traspasados a la Generalitat de Cataluña.
D.A. 105ª. Criterios para el cálculo del índice de evolución de los ingresos tributarios del Estado mencionado en el Capítulo I, del Título VII de la presente Ley, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
D.A. 106ª. Criterios para el cálculo del índice de evolución de los ingresos tributarios del Estado para la liquidación de la participación de las entidades locales en tributos del Estado del año 2019.
D.A. 107ª. Modificación del ámbito objetivo del Fondo de Ordenación, compartimento del Fondo de Financiación a Entidades Locales.
D.A. 108ª. Cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
D.A. 109ª. Consolidación de la deuda a corto plazo en deuda a largo plazo por parte de las entidades locales.
D.A. 110ª. Regulación de la concesión de subvenciones nominativas destinadas a la financiación de actuaciones concretas y excepcionales a determinados municipios del Campo de Gibraltar.
D.A. 111ª. Criterios para la práctica de deducciones o retenciones de los recursos de los regímenes de financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
D.A. 112ª. Régimen excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2021.
D.A. 113ª. Integración definitiva de la financiación revisada de la policía autonómica de Cataluña en el Fondo de Suficiencia del Sistema de Financiación Autonómica correspondiente a la Comunidad Autónoma de Cataluña.
D.A. 114ª. Regulación de la concesión de subvenciones nominativas destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros de Madrid, Barcelona, Valencia y las Islas Canarias.
D.A. 115ª. Subvenciones a las entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano.
D.A. 116ª. Compensaciones a entidades locales.
D.A. 117ª. Asunción parcial de la deuda del Consorcio Valencia 2007 por la Administración General del Estado.
D.A. 118ª. Plan de Empleo de Andalucía.
D.A. 119ª. Plan de Empleo de Extremadura.
D.A. 120ª. Aportación financiera del Servicio Público de Empleo Estatal al Plan Integral de Empleo de Canarias, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
VII
D.A. 121ª. Determinación del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) para 2021.
D.A. 122ª. Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.
D.A. 123ª. Bonificación en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional.
D.A. 124ª. Financiación de la formación profesional para el empleo.
D.A. 125ª. Gestión de los servicios y programas establecidos en la letra h) del artículo 18 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
D.A. 126ª. Aplazamiento de la aplicación de determinados preceptos de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
D.A. 127ª. Suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral.
D.A. 128ª. Financiación de la acción protectora de la Seguridad Social.
D.A. 129ª. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
VIII
D.A. 130ª. Financiación conforme a baremo de los honorarios derivados de la prestación a personas físicas del servicio del turno de oficio previa designación judicial.
D.A. 131ª. Aportaciones para la financiación del sector eléctrico en el ejercicio de 2021 relativa a tributos y cánones.
D.A. 132ª. Ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
D.A. 133ª. Liquidación del extracoste de generación de los territorios no peninsulares.
D.A. 134ª. Moratoria a la sociedad estatal Navantia, S.A.
D.A. 135ª. Liquidación de situaciones pendientes sobre justiprecio y aprovechamientos urbanísticos en materia de autopistas.
D.A. 136ª. Creación de la Comisión Interministerial de Presupuestación con Perspectiva de Género.
D.A. 137ª. Autorización para la creación del Consorcio «Centro Nacional de Análisis Genómico».
D.A. 138ª. Convenios en materia de infraestructuras.
D.A. 139ª. Administración de los Reales Patronatos regulados en el artículo 5 de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.
D.A. 140ª. Administración de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.
D.A. 141ª. Obligaciones de Patrimonio Nacional con la Sociedad Estatal Hipódromo de la Zarzuela, S.A.S.M.E.
D.A. 142ª. Liquidación de las deudas correspondientes al Consorcio para la Conmemoración del II Centenario de la Constitución de 1812.
D.A. 143ª. Entregas a cuenta por la prestación del servicio público de noticias de titularidad estatal.
D.A. 144ª. Modificación del Real Decreto 302/2019, de 26 de abril, por el que se regula la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística, en desarrollo de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía.
D.A. 145ª. Declaración de interés general de determinadas obras de infraestructura hidráulicas con destino a riego.
D.A. 146ª. Declaración de interés general de determinadas actuaciones de transformación en regadío.
D.A. 147ª. Declaración de interés general las obras de infraestructuras rurales, consistentes en la realización de caminos naturales.
D.A. 148ª. Tarjeta Sanitaria Única en el Sistema Nacional de Salud.
D.A. 149ª. Cuarteles de Loyola, Donostia-San Sebastián.
D.A. 150ª. Seguimiento de las inversiones en Cataluña.
D.A. 151ª. Planta piloto hidrometalúrgica de recuperación de materiales críticos a partir de residuos de la minería y RAEEs en el Centro Nacional de Investigaciones Metalúrgicas.
D.A. 152ª. Asamblea ciudadana del cambio climático.
D.A. 153ª. Ejecución de las sentencias sobre el Convenio de colaboración en materia de Carreteras entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias y tratamiento a efectos de la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de los recursos afectados.
D.A. 154ª. Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña.
D.A. 155ª. Reducción de cánones a las empresas que operan con los Mercas.
D.A. 156ª. Autorización de un crédito extraordinario para el apoyo a los servicios de transporte público de titularidad de Entidades Locales.
D.A. 157ª. Adecuación del complemento específico del personal al servicio de la Administración de Justicia.
D.A. 158ª. Reconocimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social al personal de la Administración de Justicia.
D.A. 159ª. Tasa adicional de reposición de la policía local.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal.
D.T. 2ª. Complementos personales y transitorios.
D.T. 3ª. Régimen transitorio aplicable a los Vocales del Consejo General del Poder Judicial que no tengan dedicación exclusiva.
D.T. 4ª. Ampliación del plazo previsto en las disposiciones adicionales vigésima novena, trigésima y trigésima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 para la autorización y publicación de los procesos de estabilización de empleo temporal.
D.T. 5ª. Comercialización de billetes subvencionados de transporte regular de pasajeros, marítimo y aéreo.
D.T. 6ª. Modificación temporal de las cuantías unitarias de los cánones ferroviarios previstas en el artículo 80 de esta Ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. Derogación del apartado segundo del artículo único del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal.
D.DT. 2ª. Derogación de la disposición adicional 47 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 12/1975, de 12 de marzo, de Protección de las Obtenciones Vegetales.
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del organismo autónomo Instituto de la Mujer.
D.F. 5ª. Modificación del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
D.F. 6ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril.
D.F. 7ª. Modificación de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales.
D.F. 8ª. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
D.F. 9ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto-legislativo 1/2001, de 20 de julio.
D.F. 10ª. Modificación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
D.F. 11ª. Modificación de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
D.F. 12ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
D.F. 13ª. Modificación de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el Régimen Jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.
D.F. 14ª. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
D.F. 15ª. Modificación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
D.F. 16ª. Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
D.F. 17ª. Modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
D.F. 18ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
D.F. 19ª. Modificación del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
D.F. 20ª. Modificación de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de tropa y marinería.
D.F. 21ª. Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A., S.M.E.
D.F. 22ª. Modificación de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
D.F. 23ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
D.F. 24ª. Modificación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.
D.F. 25ª. Modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia la Tecnología y la Innovación.
D.F. 26ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
D.F. 27ª. Modificación de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
D.F. 28ª. Modificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
D.F. 29ª. Modificación del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.
D.F. 30ª. Modificación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
D.F. 31ª. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
D.F. 32ª. Modificación de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
D.F. 33ª. Modificación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
D.F. 34ª. Modificación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
D.F. 35ª. Modificación del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio.
D.F. 36ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
D.F. 37ª. Modificación del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
D.F. 38ª. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
D.F. 39ª. Modificación de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017.
D.F. 40ª. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
D.F. 41ª. Modificación del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
D.F. 42ª. Modificación del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
D.F. 43ª. Moratoria en el pago de cuota mediante aplazamiento con la Seguridad Social.
D.F. 44ª. Integración de lagunas de cotización en las pensiones de jubilación de autónomos y trabajadores agrarios.
D.F. 45ª. Adecuación de los costes del suministro eléctrico agrario.
D.F. 46ª. Entrada en vigor.
D.F. 47ª. Desarrollo reglamentario.
ANEXO I. Distribución de los créditos por programas
ANEXO II. Créditos ampliables
ANEXO III. Operaciones de crédito autorizadas a organismos y entidades integrantes del sector público institucional estatal
ANEXO IV. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados
ANEXO V. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ubicados en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla
ANEXO VI. Costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para el año 2021
ANEXO VII. Remanentes de crédito incorporables
ANEXO VIII. Consorcios y restantes entidades del sector público administrativo
ANEXO IX. Entidades de derecho público que aplican los principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad de la empresa española
ANEXO X. Fundaciones del sector público estatal
ANEXO XI. Fondos sin personalidad jurídica
ANEXO XII. Bonificaciones 2021
ANEXO XIII. Bienes del Patrimonio Histórico Español
ANEXO XIV. Infraestructuras Científicas y Técnicas
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO