Carta Social Europea -Estrasburgo el 3 de May de 1996-
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2021
F. entrada en vigor: 01/07/2021
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 139
F. Publicación: 11/06/2021
CARTA SOCIAL EUROPEA (REVISADA)
PREÁMBULO
Parte I
Parte II
Artículo 1. Derecho al trabajo.
Artículo 2. Derecho a unas condiciones de trabajo equitativas.
Artículo 3. Derecho a la seguridad e higiene en el trabajo.
Artículo 4. Derecho a una remuneración equitativa.
Artículo 5. Derecho de sindicación.
Artículo 6. Derecho de negociación colectiva.
Artículo 7. Derecho de los niños y jóvenes a protección.
Artículo 8. Derecho de las trabajadoras a la protección de la maternidad.
Artículo 9. Derecho a la orientación profesional.
Artículo 10. Derecho a la formación profesional.
Artículo 11. Derecho a la protección de la salud.
Artículo 12. Derecho a la seguridad social.
Artículo 13. Derecho a la asistencia social y médica.
Artículo 14. Derecho a los beneficios de los servicios sociales.
Artículo 15. Derecho de las personas discapacitadas a la autonomía, a la integración social y a la participación en la vida de la comunidad.
Artículo 16. Derecho de la familia a protección social, jurídica y económica.
Artículo 17. Derecho de los niños y jóvenes a protección social, jurídica y económica.
Artículo 18. Derecho a ejercer una actividad lucrativa en el territorio de otras Partes .
Artículo 19. Derecho de los trabajadores migrantes y sus familias a recibir protección y asistencia.
Artículo 20. Derecho a la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y de profesión, sin discriminación por razón del sexo.
Artículo 21. Derecho a la información y a la consulta.
Artículo 22. Derecho a participar en la determinación y en la mejora de las condiciones de trabajo y del entorno de trabajo.
Artículo 23. Derecho de las personas de edad avanzada a protección social.
Artículo 24. Derecho a protección en caso de despido.
Artículo 25. Derecho de los trabajadores a la tutela de sus créditos en caso de insolvencia de su empleador.
Artículo 26. Derecho a la dignidad en el trabajo.
Artículo 27. Derecho de los trabajadores con responsabilidades familiares a la igualdad de oportunidades y de trato.
Artículo 28. Derecho de los representantes de los trabajadores a protección en la empresa y facilidades que se les deberán conceder.
Artículo 29. Derecho a información y consulta en los procedimientos de despido colectivo.
Artículo 30. Derecho a protección contra la pobreza y la exclusión social.
Artículo 31. Derecho a la vivienda.
Parte III
Artículo A. Obligaciones.
Artículo B. Vínculos con la Carta Social Europea y el Protocolo Adicional de 1988.
Parte IV
Artículo C. Supervisión del cumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente Carta.
Artículo D. Reclamaciones colectivas.
Parte V
Artículo E. No discriminación.
Artículo F. Suspensión de obligaciones en caso de guerra o de peligro público.
Artículo G. Restricciones.
Artículo H. Relaciones entre la Carta y el Derecho interno o los acuerdos internacionales.
Artículo I. Aplicación de los compromisos adquiridos.
Artículo J. Enmiendas.
Parte VI
Artículo K. Firma, ratificación y entrada en vigor.
Artículo L. Aplicación territorial.
Artículo M. Denuncia.
Artículo N. Anexo.
Artículo O. Notificaciones.
ANEXO