Dt �nico Bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios
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»D.T. Única. Plazo de adaptación.
Se concede un plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de este real decreto para que las condiciones de autorización de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como su clasificación y registro, se adapten a lo establecido en esta norma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-10-2003 en vigor desde 24-10-2003