Dt 9 Medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo
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»D.T. 9ª. Contratos para la formación con trabajadores con discapacidad.
Mientras resulte de aplicación lo establecido en el artículo 11 de este real decreto-ley, las empresas que celebren contratos para la formación con trabajadores con discapacidad podrán aplicar lo establecido en el mismo o bien la reducción del 50 por 100 en las cuotas empresariales a la Seguridad Social previstas para los contratos para la formación que celebren, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Estatuto de los Trabajadores.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-06-2010 en vigor desde 18-06-2010