Dt 7 Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
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»D.T. 7ª
El período máximo de diez años, previsto en el apartado Dos del artículo Treinta y seis, por el que son designados los fiscales destinados en la Inspección Fiscal, comenzará a computarse, para los que actualmente están destinados en la misma, a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
Modificaciones
- Modificación realizada por LEY 24/2007, de 9 de octubre, por la que se modifica la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Organico del Ministerio Fiscal.
(BOE de 10-10-2007) en vigor desde 11-10-2007 - Artículo modificado por Ley 5/1988, de 24 de mayo, por la que se crea la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas.
(BOE de 29-03-1988) en vigor desde 30-03-1988