Dt 7 Demarcación y de Planta Judicial

Dt 7 Demarcación y de Planta Judicial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 7ª.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las percepciones a que se refiere el artículo 49 únicamente corresponderán a los jueces de paz nombrados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1988 en vigor desde 19-01-1989