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Dt 6 Ordenación del Sistema de Formación Profesional

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D.T. 6ª. Adaptación del periodo de formación en empresa.

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Se habilita un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2024 para la adecuación de la duración actual del periodo de formación en empresa al previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y en el presente real decreto para cada una de las ofertas de Formación Profesional. En el caso de convocatorias publicadas con anterioridad a la publicación de este real decreto, se estará al periodo establecido en dichas convocatorias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-07-2023 en vigor desde 23-07-2023