Dt 6 Mercados de Valores y Servicios de Inversión
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»D.T. 6ª. Adhesión de las empresas de asesoramiento financiero nacionales al Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN).
Las empresas de asesoramiento financiero nacionales dispondrán de un plazo de tres meses desde la publicación del reglamento de desarrollo de esta ley para su adhesión al FOGAIN, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 188.1 de esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-03-2023 en vigor desde 07-04-2023